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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #762900  por nikita1965
 
Foristas:
tengo un cliente que fue despedido en el mes de Junio y en el telegrama reza " haberes correspondientes del mes en curso,liquidación final a su disposición en plazo legal y certificación de servicios ( art 80 L.C.T.) a su disposición", contestamos tel por conducta maliciosa ya q fue despedido estando bajo licencia médica, es un empleado de empresa de seguridad privada. Cuando fue a buscar su liquidación final y la certificación se los negaron porque " ya estaba en manos de abogados". Pregunta: ¿cómo intimo a la empresa para que le abone lo que le corresponde? todavia a la fecha no le depositaron su sueldo!!!

Gracias
 #762911  por eltam88
 
Adaptalo.

Intimo a Ud para que en el plazo de cuatro (4) días hábiles de recibida la presente abonen indemnización por antigüedad (art. 245 LCT) con su SAC proporcional; indemnización sustitutiva de preaviso y su SAC proporcional; indemnización integración de mes de despido y su SAC proporcional; indemnización por SAC proporcional; indemnización por vacaciones proporcionales y su SAC proporcional; remuneración mes de julio y agosto de 2011.
Asimismo dejo constancia que la presente sirve de intimación fehaciente en los términos del art. 2 Ley 25.323, debiendo abonar en caso de incumplimiento el incremento de las indemnizaciones allí previsto.
Vencido el plazo por el cual intimo accionaré judicialmente.
 #762914  por eltam88
 
Hace mención de que fuiste despedida con fecha tal y comunicándose el mismo a traves de la CD nº... de fecha...