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 #759261  por maria0908
 
Estimados Colegas, necesito me ayuden. Acabo de conciliar un juicio en la audiencia del art 80, se va a pagar en cuotas. Yo voy por la demandada y el arreglo con mi cliente es cobrar lo regulado judicialmente. La actora ya cobró la primera cuota, que equivale a la mitad del monto del acuerdo. Ahora yo pedí regulación judicial, a lo que el Juzgado me proveyó "Téngase presente" (?????). ¿esto significa que recién me van a regular cuando se pague la última cuota?, ¿usualmente es así, o pido una aclaratoria por tratarse de un error?, desde ya mil gracias!.
 #759493  por Romina34
 
no intentaste hablar en el juzgado? a ver que te dicen sobre ese proveído..
 #759496  por carlosdelmazo
 
mirá, por la ley de aranceles, tenés que hacer clasificación de trabajos, es raro que no te lo hayan solicitado en el juzgado, de todos modos, habiéndose conciliado, la cuestión de honorarios debería haberse incluído en el acuerdo, vos sabés, las palabras se las lleva el viento... máxime con los clientes...
 #759760  por maria0908
 
En el acuerdo se pactaron costas por su orden, por lo tanto a mi criterio el juzgado debería regular honorarios ahora, dado que el acuerdo ya está homologado. Llamativamente el problema esta vez no es con mi clienta, al contrario, me llama todos los días para preguntarme si ya está la regulación para pagarme, el tema es que el Juzgado no regula, mañana voy a pasar, gracias por responder!
 #759774  por Romina34
 
me parece que al quedar en el acuerdo costas por su orden, es que cada parte se hace cargo de los honorarios... es decir, de los acordados en forma particular.
espera otras opiniones, pero cuando es así, entiendo que no hay regulación judicial.
saludos,
 #759793  por Romina34
 
si obvio, no es es la duda. Sino que si debe esperar regulación judicial.