Estimados: necesitaria que alguien me brinde ayuda con el siguiente tema: resulta que hace 8 meses atras celebre en el SECLO un acuerdo espontaneo de desvinculacion de una cliente, en el mismo ademas de volcarse la suma de dinero convenida se pacto la entrega de los certificados art. 80 LCT. Asimismo, el acuerdo se homologo. La requerida cumplio con el pago del efectivo pero incumplio la entrega de los certificados art. 80 LCT, razon por la cual mi consulta es si puedo ejecutar el acuerdo por haber incumplido con la entrega de los certificados art. 80 LCT, y en su caso si puedo reclamar la multa de 3 sueldos prevista en dicho art. y si tambien puedo reclamar multa por el 30% del acuerdo prevista en la ley. Agradecere una pronta respuesta, muchas gracias.
Por supuesto que podes!
a mi entender deberias enviar telegrama intimando por la entrega de certificados y accionar directamente por ejecucion
