Hola,quiero consultarles algo: un empleado que tiene que iniciar un cobro de pesos contra la ART porque no cubrió un accidente initinere, esta amparado en el beneficio de litigar sin gastos? o tiene que iniciar una declaratoria de pobreza? Si tiene que hacer la pobreza, ésta interrumpe la prescripción de dos años? Además, leí que hablan del beneficio de gratuidad si acude a la justicia civil, pero la acción que yo consulto no va a un juzgado laboral?? Gracias!!!!!
smbillone escribió:Hola,quiero consultarles algo: un empleado que tiene que iniciar un cobro de pesos contra la ART porque no cubrió un accidente initinere, esta amparado en el beneficio de litigar sin gastos? o tiene que iniciar una declaratoria de pobreza? Si tiene que hacer la pobreza, ésta interrumpe la prescripción de dos años? Además, leí que hablan del beneficio de gratuidad si acude a la justicia civil, pero la acción que yo consulto no va a un juzgado laboral?? Gracias!!!!!Va en laboral. Tenes que hacer el BLSG. Aunque sea mandale un tcl a la ART y eso suspende por un año.
saludos!
