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  • Empresas de seguridad y su relaciòn con los trabajadores

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #752741  por jeanvaljean02
 
Si una empresa (en este caso es un hotel) tiene contratada una empresa de seguridad para los pasajeros, ¿es lógico que controle a los trabajadores? (produzca informes sobre su conducta laboral, los filme, les revise mochilas cuando se van), ¿suelen contratar eso con los empleadores? Si así fuera, ¿deben los empleados estar notificados de esa delegación de la facultad de control que hace la empleadora?

Lo pregunto porque un cliente mio, trabajador, es despedido pretendidamente con causa, a partir de un informe que hace esta empresa de seguridad del hotel, y de una filmación con celular que hace un empleado de la empresa de seguridad. La filmación en definitiva no prueba nada, pero quisiera saber cuál es la modalidad de uso o costumbre, si realmente se considera natural que esas empresas controlen a los trabajadores, o como debe ser, o que se puede alegar, etc.

Muchas gracias
JV
 #753246  por DESPISTADO
 
jeanvaljean02 escribió:Si una empresa (en este caso es un hotel) tiene contratada una empresa de seguridad para los pasajeros, ¿es lógico que controle a los trabajadores? (produzca informes sobre su conducta laboral, los filme, les revise mochilas cuando se van), ¿suelen contratar eso con los empleadores? Si así fuera, ¿deben los empleados estar notificados de esa delegación de la facultad de control que hace la empleadora?

Lo pregunto porque un cliente mio, trabajador, es despedido pretendidamente con causa, a partir de un informe que hace esta empresa de seguridad del hotel, y de una filmación con celular que hace un empleado de la empresa de seguridad. La filmación en definitiva no prueba nada, pero quisiera saber cuál es la modalidad de uso o costumbre, si realmente se considera natural que esas empresas controlen a los trabajadores, o como debe ser, o que se puede alegar, etc.

Muchas gracias
JV
HOLA: si la empresa de seg. es de pcia debe cumplir con los presupuestos de la ley 12297, debe hallarse registrada en fiscalizacion de agencias en la plata, el vigilador con alta, con credencial provista por el Mi nisteriol etc.La ley indica el limite de actuacion creo que el art. 3º, principio de legalidad, gradualidad, proporcionalidad etc.De cualquier manera revisar equipajes para mi es una requiza y esta prohibido por el cod. p. penal.Ademas de acuerdo a la LCT la seleccion de las personas a revisar debe hacer mediante un sistema mecanico que indica a las personas en forma aleatoria no puede depender de la voluntad de una persona. Investigar a los empleados solo se puede si decide instruir un sumario interno pero por el empleador, actuando organos de la propia empresa, a lo suma una auditoria externa, pero no sirve lo que informen estos 3º,analiza la ley que te indico y la LCT de laconjuncion de ambas es posible que obtengas una respuesta.Ojo que un empleado sorprendido en el momento de la comision de un delito es otra cosa.-Saludos