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  • AYUDA! Despedido con 2 telegramas y causales distintas!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #741021  por fatito
 
Bueno el tema es asi tengo un cliente que tiene una remiseria con un trabajador en negro... deja de ir y envia telegrama solicitando regulacion y todas las cosas... el tema es que manda 3... uno dirigido a la remiseria q llega 1ro y otros 2 iguales uno al dueño y otro a la esposa...

Decido contestar solamente el 1ro que lo contesta el dueño...

Ahora viene el lio...

El empleado me manda 2 telegramas distintos... uno q se considera despedido x la injuria de haber negado todo y otro.. que se considera despedido x silencio... SE PUEDE HACER ESO? jamas lo habia visto...
y despues dice recien en el 2do telegrama q envia copia a la afip asi q le veo las multas de la 24.013 en la cornisa...
Que opinan??? q contesto???
 #741054  por matias256
 
Hola, yo he visto otros casos que se hace así y hasta yo lo he hecho. El tema es que si el mandó 3 telegramas, solo le contesto uno de los destinatarios y los otros no. Para generar el distracto no va poder en los 3 poner que que porque negaron se consideró despedido. Desde mi punto de vista tendrías que haber contestado los 3. Es normal que se haga así, en los dos casos se trata de un despido indirecto (246 LCT). Saludos.
 #741058  por eltam88
 
fatito escribió:Bueno el tema es asi tengo un cliente que tiene una remiseria con un trabajador en negro... deja de ir y envia telegrama solicitando regulacion y todas las cosas... el tema es que manda 3... uno dirigido a la remiseria q llega 1ro y otros 2 iguales uno al dueño y otro a la esposa...

Decido contestar solamente el 1ro que lo contesta el dueño...

Ahora viene el lio...

El empleado me manda 2 telegramas distintos... uno q se considera despedido x la injuria de haber negado todo y otro.. que se considera despedido x silencio... SE PUEDE HACER ESO? jamas lo habia visto...
y despues dice recien en el 2do telegrama q envia copia a la afip asi q le veo las multas de la 24.013 en la cornisa...
Que opinan??? q contesto???
Esta bien lo que se hizo. No va a poner por negativa en el que se guardo silencio. En cuanto a las multas oponete en la demanda por la cuestión de que no se cumplió con lo exigido por la normativa 24013. Aunque te digo que en Prov. BsAs creo que la SCBA, máxime trabajdor sin registrar, igual las hace aplicable.
 #741072  por fatito
 
Ok manda 3 a la remiseria... al dueño y a la esposa...
le contesto la q viene a la remiseria contestada por el dueño...
Ahora viene el error... el dice q guarde silencio justo de la carta q conteste!!! no de las q realmente no conteste... o sea 1ro me contesta mi cd y a su vez dice q no conteste JUSTO LA UNICA Q CONTESTE es mas el 13 me contesta q se considera despedido x negar la relacion y el 14 manda silencio de el telegrama q conteste... una cosa de locos...
ademas pone 2 rubros q nunca puso como hs extra y dife salariales!!!

basta decir q me puso ASIENDO lugar al apercibimiento... MAMA!
 #741093  por agentil
 
No coincido mucho con lo que se dijo. El empleador es uno solo, y los demás serán responsables solidarios. Ahora te preguto, el de la remisería a nombre de quien lo envió? Si es una sociedad, debe colocar su nombre, si es una persona fisica supongo que puso el nombre del dueño. En que terminos intimo a la remisería, al dueño y a la sra.?

saludos!
 #741094  por agentil
 
fatito escribió:Bueno el tema es asi tengo un cliente que tiene una remiseria con un trabajador en negro... deja de ir y envia telegrama solicitando regulacion y todas las cosas... el tema es que manda 3... uno dirigido a la remiseria q llega 1ro y otros 2 iguales uno al dueño y otro a la esposa...

Decido contestar solamente el 1ro que lo contesta el dueño...

Ahora viene el lio...

El empleado me manda 2 telegramas distintos... uno q se considera despedido x la injuria de haber negado todo y otro.. que se considera despedido x silencio... SE PUEDE HACER ESO? jamas lo habia visto...
y despues dice recien en el 2do telegrama q envia copia a la afip asi q le veo las multas de la 24.013 en la cornisa...
Que opinan??? q contesto???
El despido se produce una sola vez, entonces, la que llego 1º esa es la que vale.

Si por ejemplo se consideró despedido con la esposa del dueño, para mi lo hizo mal, con excepción si puso que era una sociedad de hecho.

saludos!
 #741325  por eltam88
 
fatito escribió:Ok manda 3 a la remiseria... al dueño y a la esposa...
le contesto la q viene a la remiseria contestada por el dueño...
Ahora viene el error... el dice q guarde silencio justo de la carta q conteste!!! no de las q realmente no conteste... o sea 1ro me contesta mi cd y a su vez dice q no conteste JUSTO LA UNICA Q CONTESTE es mas el 13 me contesta q se considera despedido x negar la relacion y el 14 manda silencio de el telegrama q conteste... una cosa de locos...
ademas pone 2 rubros q nunca puso como hs extra y dife salariales!!!

basta decir q me puso ASIENDO lugar al apercibimiento... MAMA!
Si no sabía como era el tema, pero la forma de actuar no es la correcta o por lo menos bastante desprolija.
¿Respecto de los que guardan silencio que hace? ¿el que contestó dice que guardo silencio?

Podría ser tranquilamente un supuesto de empleador múltiple art 26 sin ser una sociedad de hecho.
 #741452  por GU
 
En principio, coincido con la postura de agentil.

Sin embargo, hay que ver bien remitentes y destinatarios de cada comunicacion, y su orden de llegada. Esto no me queda nada claro:
fatito escribió:hora viene el error... el dice q guarde silencio justo de la carta q conteste!!! no de las q realmente no conteste... o sea 1ro me contesta mi cd y a su vez dice q no conteste JUSTO LA UNICA Q CONTESTE es mas el 13 me contesta q se considera despedido x negar la relacion y el 14 manda silencio de el telegrama q conteste... una cosa de locos...
ademas pone 2 rubros q nunca puso como hs extra y dife salariales!!!
La del 13 no puede ser sino respondiendo la CD tuya desconociendo la relacion, ya que a ella se refiere (ante la negativa). En las del 14 tambien dice que se considera despedido -por el silencio en este caso-?

Las horas extras y las diferencias salariales son irrenunciables, las puede reclamar sin haber intimado.

Salutes!