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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #728848  por maria0908
 
Hola colegas, necesito su opinión. Siempre hago parte actora y ahora estoy del otro lado. Mi cliente tiene una empresa con un empleado complicado. Ya habló con él y se pusieron de acuerdo en los números para extinguir el vínculo. Mi duda es la siguiente: si hago el "acuerdo espontáneo" en el Ministerio (extinción por mutuo acuerdo) ¿cómo justifico el dinero que se le va a pagar? ¿si pongo "gratificación" me lo homologarán? mi miedo es que lo consideren un despido encubierto y no lo homologuen ¿de que manera me conviene proponerle a mi cliente que extinga la relación? Desde ya muchas gracias.
 #728856  por matias256
 
Hola, tan malo es el acuerdo que tenés miedo que el SECLO no lo homologue????. Yo no creo que haya problemas, más si el trabajador va con su propio abogado. Saludos.
 #728862  por maria0908
 
Muchísimas gracias por responderme!!!. Te cuento, el acuerdo no es malo. El tema es que si la extinción es por "mutuo acuerdo" no habría que indemnizar y acá se pagaría una suma que no es irrisoria. Por lo tanto, mi miedo es que lo consideren un "despido encubierto" y al mismo tiempo mi duda es bajo que concepto encuadrar a esa suma de dinero que se le va a entregar.
 #728867  por matias256
 
Y el número está muy alejado de lo que sería su indemnización por despido????. Sino la otra opción que no es tan complicada, es que el empleador le pague y el trabajador le envíe el telegrama de renuncia (sería en el mismo momento las dos cosas, generalmente en el correo). No sé cual era el arreglo, si era un pago o en cuota.
 #728893  por maria0908
 
Gracias nuevamente por tu respuesta. El número acordado es lo que le corresponde según figura todo en los recibos. Lo de la renuncia obviamente es lo primero que quise hacer, pero el empleado no quiere. En caso que llegara a convencerlo de presentar la renuncia ¿no hay ningún riesgo de reclamo posterior verdad?. En caso que no lo convenza (lo más probable) ves mal lo del acuerdo en el Ministerio?, mil gracias!
 #728939  por matias256
 
Hola, el tema de la renuncia y el arreglo es simple. Uno cuando renuncia después no puede reclamar nada, salvo que alegue la nulidad de la misma, por algún vicio de la voluntad, porque lo engañaron, etc pero este no es el caso parece y además es muy complicado de probar.
Y sino tambié pueden intentar hacerlo por el SECLO y ver que pasa, yo no creo que tengas problemas. Saludos.
 #728968  por agentil
 
Si le estás pagando lo que corrsponde porque no haces una espontanea. Si queda algo por cobrar que no sea de gran magnitud así despues nadie va a querer reclamar. saludos!!