Buenas Tardes: Tengo la siguiente duda, El tema es así, en caso de fallecimiento de un secretario o prosecretario que trabaja en un sindicato puedo reclamar la indemnización por muerte prevista en la LCT. Hago esta pregunta por que consulte con distintos profesionales y me han dicho que la misma no se aplica para las personas que trabajan en sindicatos que tampoco la ley E publico ya que no es un empedado público.
En fin agradecería si me pueden ayudar a despejar mis dudas.
Gracias
En fin agradecería si me pueden ayudar a despejar mis dudas.
Gracias
