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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #721791  por Perseo
 
ESTIMADOS COLEGAS: para inscribir una medida cautelar, el registro de la propiedad inmueble de la Pcia de Buenos Aires cobra un sellado sobre importe a trabar del 2 por mil, mas lo que hay que depositar en la caja de prevision social para abogados de la Prov. que es un 2 por ciento sobre el capital en concepto de aporte sobre honorarios. Siendo que en el proceso laboral, en principio, rige la gratuidad del mismo en virtud del caracter alimentario de lo que se persigue, hay algo de esto que se pueda evitar o indefectiblemente hay que pagarlo, pregunto para no hacer incurrir a mi cliente en gastos, que realmente no puede afrontar.
Desde ya Gracias.