estimados tengo que resolver lo sigueinte;
un trabajador era vigilador ,trabajador no registrado,contratado x un empleador dueño de un supermercado-
llo asesinan en la puerta del supermercado en su horario de trabajo lo que reclamaria seria
el 248 LCT ,
mas el seguro de vida segun cct
hasta aqui no hay mayores incovenientes
con respecto a la muerte nose aun si reclamar las prestaciones del sistema de la LRT al empleador
Art. 28 LRT.– Responsabilidad por omisiones
1. Si el empleador no incluido en el régimen de autoseguro omitiera afiliarse a una ART, responderá directamente ante los beneficiarios por las prestaciones previstas en esta ley.
Art. 29.– Insuficiencia patrimonial. Declarada judicialmente la insuficiencia patrimonial del empleador no asegurado, o en su caso autoasegurado, para asumir las obligaciones a su cargo, las prestaciones serán financiadas por la S.R.T. con cargo al Fondo de Garantía de la LRT
En el caso de que se insolvente
o bien ir x la accion civil
escucho opiniones gracias
La procedencia de la acción de derecho común entablada no se ve impedida por lo dispuesto por el art. 39, inc. 1° , de la ley 24.557, en cuanto la limita al caso de dolo del empleador y ello es así, porque el referido precepto ha sido declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
un trabajador era vigilador ,trabajador no registrado,contratado x un empleador dueño de un supermercado-
llo asesinan en la puerta del supermercado en su horario de trabajo lo que reclamaria seria
el 248 LCT ,
mas el seguro de vida segun cct
hasta aqui no hay mayores incovenientes
con respecto a la muerte nose aun si reclamar las prestaciones del sistema de la LRT al empleador
Art. 28 LRT.– Responsabilidad por omisiones
1. Si el empleador no incluido en el régimen de autoseguro omitiera afiliarse a una ART, responderá directamente ante los beneficiarios por las prestaciones previstas en esta ley.
Art. 29.– Insuficiencia patrimonial. Declarada judicialmente la insuficiencia patrimonial del empleador no asegurado, o en su caso autoasegurado, para asumir las obligaciones a su cargo, las prestaciones serán financiadas por la S.R.T. con cargo al Fondo de Garantía de la LRT
En el caso de que se insolvente
o bien ir x la accion civil
escucho opiniones gracias
La procedencia de la acción de derecho común entablada no se ve impedida por lo dispuesto por el art. 39, inc. 1° , de la ley 24.557, en cuanto la limita al caso de dolo del empleador y ello es así, porque el referido precepto ha sido declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia de la Nación
