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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #714134  por Peronauta
 
Colegas, ya envie primer telegrama intimando bajo le 24013 se proceda a regularizar relacion laboral, confirme que han llegado a destino, y ahora estoy intimando nuevamente para que, en caso de silencio, pueda darme por despedido. ¿Este modelo les parece idoneo a tales fines?:

"Sin perjuicio de su silencio a registrar la relación laboral que nos une, en prueba de la buena fe (art. 73 LCT) y en el ánimo de mantener vigente el contrato de trabajo (art. 10 LCT), reitero manifieste 48 hs. si procederá o no a registrar relación de empleo no registrada conforme los términos de la intimación cursada en mi anterior TCL y dentro del plazo allí dispuesto, asi como proceda a abonar salarios impagos de los meses enero, febrero, marzo ya abril, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 y art. 47 de la ley 25.345 y de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos. Queda Ud. debidamente notificado".

Gracias por leer, saludos.
 #714166  por eltam88
 
Peronauta escribió:Colegas, ya envie primer telegrama intimando bajo le 24013 se proceda a regularizar relacion laboral, confirme que han llegado a destino, y ahora estoy intimando nuevamente para que, en caso de silencio, pueda darme por despedido. ¿Este modelo les parece idoneo a tales fines?:

"Sin perjuicio de su silencio a registrar la relación laboral que nos une, en prueba de la buena fe (art. 73 LCT) y en el ánimo de mantener vigente el contrato de trabajo (art. 10 LCT), reitero manifieste 48 hs. si procederá o no a registrar relación de empleo no registrada conforme los términos de la intimación cursada en mi anterior TCL y dentro del plazo allí dispuesto, asi como proceda a abonar salarios impagos de los meses enero, febrero, marzo ya abril, bajo apercibimiento de lo dispuesto por los arts. 8 y 15 de la ley 24.013 y art. 47 de la ley 25.345 y de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa. Formulo reserva de derechos. Queda Ud. debidamente notificado".

Gracias por leer, saludos.
art 63LCT no 73. 48 hs no, poné 2 días hábiles.
 #714172  por eltam88
 
Peronauta escribió:Gracias querido, error de tipeo jeje
DE NADA. SALUDOS, DESPUÉS ENTIENDO QUE ESTÁ BIEN.
AL ESTAR EN NEGRO FIJATE SI EXISTEN DIFERENCIAS SALARIALES, MIRÁ EL CCT, PORQUE SI ES ASÍ SERÍA IMPORTANTE QUE LO RECLAMES.
 #714232  por Peronauta
 
Es instructor de musculación en un gimnasio, estaría en el cct de comercio. Al primar el principio de la realidad y tener por válido lo dicho por el trabajador al estar en negro, puse 2800 de sueldo, independientemente del cct. Es correcta mi interpretacion? teniendo en cuenta que la relación tuvo una duración de 9 meses?
 #714286  por eltam88
 
Constatá luego lo del CCT, para ver si existen diferencias salariales. Hubiera sido conveniente haber intimado por las diferencias salariales, si las hubiere.
Tené en cuenta art 55,57 LCT y el juramento estimatorio del art. 39 ley 11653 si estás en prov de BsAs. Eso si para que operen los mismos primero debes acreditar la relación laboral.