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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #714105  por Ariel 78
 
Estimados les consulto ya que estoy armando un contrato laboral para una persona que se va a desempeñar como casero en una casa quinta y tiene determinadas particularidades:

En primer lugar se va a desempeñar como casero, esto es 3 categoría del Decreto -siempre es con retiro- pero la pareticularidad es que la empleadora le va a brindar una casa dentro de la quinta para que viva y que obviamente la cuiede como si fuera un inquilino (aclaro es independiente del contrato laboral). Estaba pensando en hacer un anexo al contrato laboral mencionando esto y que si por cualquier motivo se extingue el vinculo debe devolverla, quería consultarles si lo ven viable.

Luego (aclaro que es la primera ves que asesoro un contrato así) le sugerí que saque un seguro de vida y de accidentes personales (ya que aquí no hay ART).
- Se que hay que dar el alta a la AFIP y creo que tiene que pagar Aportes y contribuciones con el Form 102 y que este sirve como recibo de sueldo (junto a una cosntancia simple de pago).
- y la jornada entiendo que es de Lunes a Sabados 8 horas.
Espero sus opiniones si esto es correcto o me sugieren que realize algun otro acto.

Desde ya muchas gracias!
 #714153  por DAL
 
Es un empleado SIN RETIRO, ya que tiene casa habitacion provista como elemento del contrato de trabajo. Debes ponerle un precio, que no exceda del 20% de los habers que percibe.
Debes incluir una clausula de resguardo por familiares: QUE NO INTEGRAN LA RELACION LABORAL, NO TRABAJAN, Y CUALQUIER COLABORACION QUE LE PRESTEN AL EMPLEADO no configura prestacion de servicios. De hecho, yo prohibiria que hagan nada. Esto porque despues te cobran como empleado en negro.
Usa el rcibo del 102 o bien otro confeccinado con mas detalle, el del 102 es muy basico.
No te volvas loco con las categorias, ponele las tareas, lo mas amplio posible, de acuerdo a lo que vaya a hacer. La vivienda la tiene por el contrato de trabajo y debe devolverla apenas este se extinga, esto esta bien en el decreto de domesticos, habra que ver como viene en el nuevo. Detalla estado de la vivienda, bienes y enseres que hay en ella. Podes pedirle una garantia que cubra los daños a esta propiedad y el eventual desalojo, pero no se estila. Podrias pactar que una vez extinguido el vinculo por cualquier causa tienen x plazo para desocupar y luego si persisten abonaran el equivalente a un canon locativo. En fin, hay mil cosas para poner: se me ocure como urgente la relacion a los familiares, que habiten, a los que lo visiten, etc.
Lo del seguro, si, hacelo sin dudar.
Tambien tenes que hacer el de vida obligatorio.
 #714330  por Ariel 78
 
Hola Dal, muy amable por tu contestación.
El tema es que no va a estar bajo el regimen cama adentro. Va a ser casero (3 cat. del estatuto, que es con retiro), y solo va atrbajar 8 hs.
Por eso pensaba en hacer un comodato, pero con la cláusula que la entregue si se extingue el vínculo.
Perdon, O lo que me sugeris es que lo ponga dentro de una categoría sin retiro (cama adentro) y le puedo descontar hasta un 20 % del sueldo por vivienda. Si es esto creo que sería una buena idea!
 #714552  por DAL
 
Si, te sugiero que lo pongas CAMA ADENTRO porque despues va a decir que laboraba cama adentro, me entendés?? entonces adelantante, por ahora la diferencia es minima. En el contrato poné que su labor es de de 8 horas efectiva, pone horarios si querés.