Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • cierre definitivo de la explotacion comercial y trabajo en n

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #699149  por Nalah10
 
Hola: queria pedirles si me pueden guiar con el siguiente asunto: El establecimiento en el cual trabajaba mi cliente, acaba de cerrar definitivamente, el tema que lo quieren indemnizar por el art.247 lct. , pero mi cliente esta mal registrado ya que recien lo blanquearon dos meses antes del cierre ( pero incluso por media jornada cuando trabaja jornada completa), . o sea que trabajo casi dos años en negro. Envie un telegrama pidiendo la correcta registracion y que aclare la situacion laboral, ya que recien lo despidieron formalmente cuando respondio el telegrama que le mandamos, y negando la fecha de ingreso jornada, rubros adeudados.
les agradeceria que me den su opinion de como seguir....ya que recien comienzo con el ejercicio de la profesion y tengo miedo de meter la pata.
 #699168  por eltam88
 
Al haberlo intiamdo previamente a que registren relación laboral y luego ellos te depiden, corresponde que rechaces la causal alegada por la patronal en cuanto pretenden justificar el despido causado por el 247. Rechazada dicha causal hace mención a tu anterior telegrama e intimá se te abonen las indemnizaciones correspondientes por despido sin justa causa art. 245 preaviso, integracion mes despido, vacaciones proporcionales, sac proporcional. Intima se te abonen las multas ley 24013. Expresa que el presente telegrama sirve como intimación a los efectos del art.2 ley 25323.
Luego de transcurridos 30 días del despido si no te entregan certificado de trabajo del art. 80 intimá te lo entreguen dentro del plazo 2 días hábiles bajo apercibimiento de reclamar la multa art. 80