Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pocas luces!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #698378  por Gyzella
 
Hola colegas: Les cuento que estoy a horas de irme de vacaciones... y estoy a media pila y con la cabeza en las valijas... jaja!
Les cuento mi caso, a ver si alguno me ilumina y termino esto.. please! Si voy el sabado al estudio.. jaja!
Caso: Empleada la despiden verbalmente, intimo se aclare la situación laboral...y regularice.. abone diferencias salariales.. etc.. silencio de la empleadora... la mando al correo a ver si personal del correo paso por su casa... retira un telegrama que le notifican el despido sin justa causa, indemizaciones a disposición.-
Ahora a contestar: ???????
1.- Rechazo cd
2.- Le informo que me presentare (yo no.. !! jaj) a retirar la misma...sino es lo que corresponde... lo tomare a cuenta..
3.- Intimo Art. 80..
Que más, era.. ??????? *desp*
 #698418  por eltam88
 
Podrías retirar la indemnización y si no es la correspondiente reclamar luego vía telegrama la indemnización que corresponda.
Acordate que la intimación del art. 80 tenés que hacerla después de 30 días corridos de extinguida la relación laboral. Ahí intimás plazo 2 días hábiles hagan entrega certificado de trabajo.
Si la indemnización no es la correspondiente art 245, preaviso, integración mes de despido intimas bajo apercibimiento art 2 ley 25.323.
Bueno. Las diferencias salariales reclamalas, acordate dos años para atras del despido, con la intimación de pago que hiciste ya la suspendiste por un año.