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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #693628  por fugitiva
 
Buen dia!!

PRESCRIPCIONES :


Diferencias salariales: dos años
Sueldos: 5 años - art 4027 inc CC-
Vacaciones, aguinaldos, etc: ??

Me confirman si está bien lo de arriba??
Gracias!!!
 #693683  por eltam88
 
La prescripción respecto del reclamo de diferencias salariales es de 2 años. Toma en cuenta como plazo desde que intimaste al pago de los mismos. Con dicha intimación suspendés un año la prescrición.
 #693721  por GU
 
El 4027 no se aplica para los sueldos. En materia laboral rige unica y exclusivamente la prescripcion bienal (sin perjuicio de suspensiones e interrupciones).

Salutes!