Hola a todos, mi duda es la siguiente: Por parte demandada, se asistió a una primer audiencia de SECLO, pero fue solo un abogado en carácter de gestor (yo no pude ni puedo ir porque estoy embarazada y en fecha de parto), por lo que en la próxima audiencia tendrían que ir los demandados a ratificar la gestión de este profesional. Ahora bien, si ellos no asisten pero mandan con un poder a un abogado diferente al que asistió a la primer audiencia, ¿Puede este abogado apoderado ratificar la gestion del letrado anterior o sí o sí se tienen que presentar personalmente los demandados? Otra opción en caso de que la respuesta sea negativa: ¿Podría ir a esta segunda audiencia sólo el letrado apoderado con un escrito firmado por sus poderdantes en el que ratifican la gestión del anterior letrado y presentarlo ante el mediador? El tema es que los demandados no quieren ir al SECLO porque no se quieren cruzar con la otra parte, ni siquiera estando en oficinas separadas, la persona que hizo el reclamo está desequilibrada mentalmente (hay una evaluación psicológigca que lo avala) y para evitar cualquier tipo de violencia de parte de esta persona hacia ellos prefieren no ir, aunque no están dispuestos a pagar la multa que corresponde por incomparecencia. Espero respuesta y muchas gracias!!
