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  • MUERTE IN ITINERE - Fundación de ICA empleadora

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #689279  por CLAUDIA70
 
Tengo un caso de MUERTE IN ITINERE...
Envíe TL a la empleadora intimando pago de art 248 LCT y que denuncie el seguro obligatorio de vida. NO CONTESTO.
Tampoco denuncio a la ART.
Ante ello, cite a SECLO.-
PERO ME SALTO UNA DUDA... ¿A QUIEN DEMANDO? YA QUE LA EMPLEADORA ES UN HOGAR DE ANCIANOS QUE PERTENECE A UNA FUNDACION QUE DEPENDE DE UN OBISPADO... LA HICIERON BASTANTE BIEN... LOS BIENES DE LA IGLESIA SON INEMBARGABLES ¿NO? O ME EQUIVOCO?? :?:
QUIEN PAGA LAS INDEMNIZACIONES POR CONTRATO LABORAL EN ESTE CASO...
 #689975  por CLAUDIA70
 
DAL escribió:La muerte fue natural o producto de un accidente?
Estaba anotado o en negro?
Accidente. que no denunciaron a la ART. Lo denuncio la viuda.
Estaba en blanco...
Te repito DAL el problema es EMBARGAR a un obispado y a su fundación. Ya tienen varios juicios x despido, maltrato, mala registracion, etc.
 #689990  por DAL
 
Olvidate de embargar al Obispado ya que no tiene responsabilidad laboral alguna en un accidente in itinere. No hay norma!! No le cabe ni el 1113.
Debe ir sí o sí por la vía de la LRT.
Denunciar via fehaciente el accidente, su caracter in itinere y si no, demandar por ello.
Pero no es al empleador, es a la ART.
 #691339  por CLAUDIA70
 
DAL escribió:Olvidate de embargar al Obispado ya que no tiene responsabilidad laboral alguna en un accidente in itinere. No hay norma!! No le cabe ni el 1113.
Debe ir sí o sí por la vía de la LRT.
Denunciar via fehaciente el accidente, su caracter in itinere y si no, demandar por ello.
Pero no es al empleador, es a la ART.
Si, DAL respecto del accidente si.
Pero, no pagaron ni indemnizacion de 248 LCT ni denuncian el seguro de vida obligatorio. se intimo x TL y tampoco contestaron.
Ya cite a los 2 a seclo: a la ART x el in itinere (esa la tengo clara je) y a los de la ICA por el 248 y el seguro (esta es mi duda, en caso de q no se presenten, los bienes de la iglesia ¿como se embargan?).

Creo que aclare un poco el panorama.
 #691370  por DAL
 
Los bienes de la Iglesia, no se embargan. Así de facil.
Pero quizá estas siendo un poco apurada en querer ir a la Iglesia. El que lo emplea, probablemente sea una asociación o fundación que tenga su propio patrimonio separado del de la Iglesia, y ese, lo pdrás embargar sin problema.
 #691971  por CLAUDIA70
 
DAL escribió:Los bienes de la Iglesia, no se embargan. Así de facil.
Pero quizá estas siendo un poco apurada en querer ir a la Iglesia. El que lo emplea, probablemente sea una asociación o fundación que tenga su propio patrimonio separado del de la Iglesia, y ese, lo pdrás embargar sin problema.
Fundación je... hacia alli iré.
Gracias DAL sos un gaucho... *suerte*