La cuestión es la siguiente un empleado que tuvo un accidente laboral, cobro conforme la incapacidad laboral permanente determinada (14,5 %) la indemnización por parte de la ART. Ahora el mismo demanda civilmente a efectos de obtener una indemnización integral.
En este caso como debería defenderse el empleador, se debe citar en garantía a la Cia, se debe deducir lo ya cobrado, que dicho sea de paso no se cual es la suma cobrada.
El emleado fue despedido, por razones disciplinarias. Ya estaba dado legalmente de alta y trabajando normalmente.
Desde ya muchas gracias
En este caso como debería defenderse el empleador, se debe citar en garantía a la Cia, se debe deducir lo ya cobrado, que dicho sea de paso no se cual es la suma cobrada.
El emleado fue despedido, por razones disciplinarias. Ya estaba dado legalmente de alta y trabajando normalmente.
Desde ya muchas gracias
