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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #679317  por xxime78
 
Estimados el juzgado me saco este proveido por un error en que no presente los oficios diligenciados.
Toda vez que la parte actora no ha acreditado dentro del plazo establecido en el art. 48, último párrafo, de la Ley 24.635, modificatoria de la L.O., y en el art. 5º de la Res. C.N.A.T. Nº 18/97 (B.O. 5/9/97), el diligenciamiento de los oficios al Hospital Duhau y a la Obra Social del Personal de la Sanidad, hácese efectivo el apercibimiento dispuesto en el auto de apertura a prueba de fs. 56/61, debidamente notificado según surge de fs. 62/64, y désele por decaído de ese medio probatorio a dicha parte.

En un caso asi significa que estoy comprometido?? saludos y gracias.-
 #679387  por DrCarlosb
 
Estas complicadisima. Entiendo que perdiste la principal prueba y por ende no vas a poder probar el daño.
Ojala tengas otra prueba.
 #679525  por xxime78
 
aun el perito medico no atendio a mi cliente puede ser entonces que tenga esa herramienta para negociar la incapacidad con la art
 #679557  por DrCarlosb
 
Para que eran los oficios al hospital y a la obra social? Para realizar algun estudio? autorizarlo?

Si tenes la pericia medica, todavia podes probar el daño.

Aclarame para que eran los oficios.