Soy perito psicologa hace poco comence a tomar pericias en juzgado laboral y me impugaron un informe por no haber utilizado el baremo del decreto 658/9 comprendido en la ley 24557, aunque en los puntos periciales no pedían explícitamente que lo utilice, por ello utilicé el que uso siempre, el de castex y silva. Es de aplicación obligada utilizar el listado de enfermedades profesionales de ese decreto?
Agradezco que me orienten!
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