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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #669136  por BARBIE TURICA
 
Estimados colegas: El viernes pasado llegó un cliente con un caso de tercerización de la actividad laboral. La principal es una empresa de seguros y la tercerizadora es una "consultora". El cliente vino con el intercambio telegráfico, hecho por su hermana que es abogada. En una de las TCL, se intima por el convenio colectivo de comercio 130/75. El cliente desarrollaba actividades de coordinador en una aseguradora. Tenía a cargo 40 personas dentro del call center. La empresa principal le dice que no vaya más y la consultora lo deja en stand by, por lo cual decide efectuar el reclamo pertinente. Pregunto:

¿Cómo hago para subsanar lo de el convenio colectivo aplicable? Se intimó por el de comercio, pero a todas luces es el de seguros.
Me juega en contra en el juicio, de no poder el mal encuadre del convenio?

Saludos y muchas gracias!!!!
 #669146  por MORGAN
 
no importa. mandá uno nuevo diciendo que los requerimientos de la intimación de fecha tal deberán ser entendidos hechos bajo la órbita del CCT tal y NO del cct tal consignado por error.