Que tal colegas, me recibi hace poco y tengo una duda que quiza puedan esclarecer; existiendo una relacion laboral no registrada ,"en negro", que tipo de caducidad y prescripcion rige para accionar por el reconocimiento de la relacion una vez extinta ?. Desde ya mchas gracias.
en realidad sería conveniente hacer pasar como que la relación esta vigente, sino NO podrías reclamar, dado que la ley 24013 rige con la relación vigente, y la let 25323 rige para el caso de despido, y en la relación en negro NO podrías probarlo.
o sea, intima por negativa de tareas y agregando la intimación conforme la ley 24013, siempre co copia a la AFIP.
saludos,
