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  • URGENTE....VENCIMIENTO DOS PRIMERAS DE... CUANDO?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #662864  por lauraburzaco
 
HOLA A TODOS, TENGO UNA DUDA EXISTENCIAL ME DIERON TRASLADO DE LA CONTESTACION DE DEMANDA LABORAL EL DIA 20 DE DICIEMBRE POR EL TERMINO DE 3 DIAS
SERIA 21,22, 23, DOS PRIMERAS DEL 24.
ATENTO QUE HUBO ASUETO ADMINISTRATIVO EL 23 Y EL 24 ES ASUETO TAMBIEN, CUANDO SE CUMPLE EL PLAZO PARA EL CONTESTE... SUPONGO QUE EL LUNES 27 DEL CORRIENTE... AHORA BIEN ESAS DOS HORAS DEL 23 COMO JUEGAN, ALGUIEN SABE.... POR QUE EL 27 NO LLEGO A LAS DOS PRIMERAS. ES URGENTE GRACIAS!!!
 #662865  por DAL
 
Hubo asueto administrativo, es decir NO HUBO TRIBUNALES EL 23 Y 24???

Si la cédula te llegó el 20 y es por tres días te corrió el 21 como día uno, el 22 como día dos, el 27 como día tres y las dos primeras horas de gracia del día 28.
 #662897  por MORGAN
 
supongo que cuando decís me dieron traslado el 20/12 es cuando te llegó la cédula al constituido no?, siendo así vence el 27/12 a las 12:00 hs. en pcia de bs as son 4 primeras -de 8 a 12 hs.- y no 2 primeras. igual mucho no te preocupes, si no hay documentación que desconocer lo contestes o no es irrelevante.
 #662914  por DAL
 
lauraburzaco escribió:
lauraburzaco escribió:4N3PKQZHW146K
El 23 hubo actividad pero solo hasta las 12 horas, eso es lo que no se como se toma. gracias
Solo hasta las doce??? cuanto es normalmente???? acá cierran doce cuarenta y cinco, es decir, dieron asueto de cuarenta y cinco minutos? :lol:
 #663346  por carastec
 
En Nación (Cap.Fed.) El 24 y el 31 fueron FERIADOS JUDICIALES en los términos del art. 2 del reglamento para la justicia nacional, es decir INHÁBILES JUDICIALES, y NO SE COMPUTAN para los plazos

En cambio, los días 23 y 30 fueron ASUETOS JUDICIALES en los términos del art. 3º del reglamento para la justicia nacional, es decir HÁBILES JUDIALES y SI SE COMPUTAN para los plazos.

Es que el asueto judicial del art. 3º, no abarca a los Jueces, Secretarios, Prosecretarios, ni a los actos procesales que ya se hubieran fijado (audiencias), salvo disposición expresa en contrario del Juez.

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Si hubo alguna Acordada posterior, por favor, alguien que arroje algo de luz, porque hasta donde yo tengo entendido LOS DÍAS 23 Y 30 SE CUENTAN Y SE COMPUTAN PARA LOS PLAZOS EN CAP. FED.
 #663476  por GU
 
carastec escribió:En Nación (Cap.Fed.) El 24 y el 31 fueron FERIADOS JUDICIALES en los términos del art. 2 del reglamento para la justicia nacional, es decir INHÁBILES JUDICIALES, y NO SE COMPUTAN para los plazos
carastec viene del futuro??? Chan!!!

Salutes
 #663625  por carastec
 
GU escribió:
carastec escribió:En Nación (Cap.Fed.) El 24 y el 31 fueron FERIADOS JUDICIALES en los términos del art. 2 del reglamento para la justicia nacional, es decir INHÁBILES JUDICIALES, y NO SE COMPUTAN para los plazos
carastec viene del futuro??? Chan!!!

Salutes
Shhhhhh.....
Te vendo el Nº de va a salir en el Gordo de Año Nuevo,juas....
 #663954  por DAL
 
carastec escribió:En Nación (Cap.Fed.) El 24 y el 31 fueron FERIADOS JUDICIALES en los términos del art. 2 del reglamento para la justicia nacional, es decir INHÁBILES JUDICIALES, y NO SE COMPUTAN para los plazos

En cambio, los días 23 y 30 fueron ASUETOS JUDICIALES en los términos del art. 3º del reglamento para la justicia nacional, es decir HÁBILES JUDIALES y SI SE COMPUTAN para los plazos.

Es que el asueto judicial del art. 3º, no abarca a los Jueces, Secretarios, Prosecretarios, ni a los actos procesales que ya se hubieran fijado (audiencias), salvo disposición expresa en contrario del Juez.

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Si hubo alguna Acordada posterior, por favor, alguien que arroje algo de luz, porque hasta donde yo tengo entendido LOS DÍAS 23 Y 30 SE CUENTAN Y SE COMPUTAN PARA LOS PLAZOS EN CAP. FED.

Ahhh perdon, eso me pasa por contestar preguntas "jurisdiccionales" de otra jurisdicción. Aca el asueto es inhabil, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos.