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  • Jubilacion autonomo con moratoria

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #656415  por ALEPEREZ
 
Hola , buenas tardes a todos , les comento que tengo un tramite de jubilacion con turno el 17/12/10 , es autonomo, cumplio los 60 años en junio de 2010 y segun archivo de autònomo tiene aportado como servicio domestico desde : 09/1975 a 06/2004 efectivamente tiene echo pagos reales de 09/1975 hasta 08/1999 , pero no se reempadrono , por lo tanto prescribo desde 09/1999 hasta 03/2003 ; a mi me da que tengo q comprar aproximadamente 13 años, cuando se presento a turno se lo rechazaron diciendole que tenia que comprar menos de 13 años , alguno de ustedes puede hacer el calculo , aplicarle a esta ley (24476) los beneficios y decirme reales cuantos años le tengo que comprar. En la liquidacion practicada, en la pestaña "datos para la liquidacion" , donde dice " OPTA POR MORATORIA 592/75" puse que "NO" porque ella no se acojio a moratoria en su momento, ¿ Es esto Correcto ?

Desde ya agradecere a quien me pueda responder a la brevedad , ya que tenemos turneo el 17/12/2010

Aclaracion : Desde 04/1992 a 06/1992 preescribi porque esta impago y desde 07/1993 a 07 o 08 de 1993 porque figura a verificar. A la fecha la señora tiene 60 años y 5 meses de Edad.

Att. Muchas Gracias Ale
 #656459  por arielruiz86
 
Que es eso de archivo de autonomos? arranquemos con que afiliacion tiene?
PHA (Padron Historico de Autonomos del Anses) que le figura?
PUC (Padron Unico de Contribuyente) de Afip (se lo visualiza en la pestaña de datos personales del sicam)?
Para armar el sicam hay que distinguir y manejar estos conceptos basicos.
 #656482  por MARIO1943
 
ALEPEREZ escribió:Hola , buenas tardes a todos , les comento que tengo un tramite de jubilacion con turno el 17/12/10 , es autonomo, cumplio los 60 años en junio de 2010 y segun archivo de autònomo tiene aportado como servicio domestico desde : 09/1975 a 06/2004 efectivamente tiene echo pagos reales de 09/1975 hasta 08/1999 , pero no se reempadrono , por lo tanto prescribo desde 09/1999 hasta 03/2003 ; a mi me da que tengo q comprar aproximadamente 13 años, cuando se presento a turno se lo rechazaron diciendole que tenia que comprar menos de 13 años , alguno de ustedes puede hacer el calculo , aplicarle a esta ley (24476) los beneficios y decirme reales cuantos años le tengo que comprar. En la liquidacion practicada, en la pestaña "datos para la liquidacion" , donde dice " OPTA POR MORATORIA 592/75" puse que "NO" porque ella no se acojio a moratoria en su momento, ¿ Es esto Correcto ?

Desde ya agradecere a quien me pueda responder a la brevedad , ya que tenemos turneo el 17/12/2010

Aclaracion : Desde 04/1992 a 06/1992 preescribi porque esta impago y desde 07/1993 a 07 o 08 de 1993 porque figura a verificar. A la fecha la señora tiene 60 años y 5 meses de Edad.

Att. Muchas Gracias Ale
NO SE PUEDE RECHAZAR UN TRAMITE POR COMPRAR DE MAS, ADEMAS FALTAN DATOS PARA SABER LOS PERIODS QUE HAY QUE COMPRAR
 #656517  por ALEPEREZ
 
QUE DATOS NECESITAS TE PASO LA SITUACION DE REVISTA:

DESDE 07/1968 A 08/1975 COSTURERA COMPRMOS POR SICAM
DESDE 09/1975 A 07/1999 SDM COD 898 SEGUN CORTE PADRON AFIP Y PAGOS REALES
DESDE 08/1999 A 03/2000 SDM COD 898 SEGUN CORTE DE PADRON AFIP Y PAGOS REALES
DESDE 04/2000 A 06/2004 PRESCRIBIMOS POR FALTA DE PAGOS

ASI ESTA ARMADA NECESITO SABER Q ME FALTA APLICAR ALGUN BENEFICIO O QUE ????

GRACIAS
ATTE

ALE
 #656519  por dramamita
 
Hola ale
te tiro asi rapido algun dato................art.3 por baja al 2004 y excedente de edad 2 meses..............igual tenes que corroborar , como esta planteada la situacion de revista te estan sobrando algo de 2 años
 #656551  por ALEPEREZ
 
hola gracias pruebo aplicar art 3 cualquier cosa te reenvio como quedo arrglada la sit de revista y la contralomas denuevo puede ser?

mil gracias !!!!!!
ale
 #656555  por ALEPEREZ
 
hola denuevo ahi probe e aplicar art 3 y me dice q no pued eser cargado el beneficio en este tramo, q revise los periodos desde y hasta ??''''de donde a donde le cragas art para q lo tome? y no sobren años, ya tenes q tener encuenta q la fecha de cese es 2004 no le coresp decl. jda. con esa fecha de cese o si?

ale
 #656699  por MARIO1943
 
ALEPEREZ escribió:QUE DATOS NECESITAS TE PASO LA SITUACION DE REVISTA:

DESDE 07/1968 A 08/1975 COSTURERA COMPRMOS POR SICAM
DESDE 09/1975 A 07/1999 SDM COD 898 SEGUN CORTE PADRON AFIP Y PAGOS REALES
DESDE 08/1999 A 03/2000 SDM COD 898 SEGUN CORTE DE PADRON AFIP Y PAGOS REALES
DESDE 04/2000 A 06/2004 PRESCRIBIMOS POR FALTA DE PAGOS

ASI ESTA ARMADA NECESITO SABER Q ME FALTA APLICAR ALGUN BENEFICIO O QUE ????

GRACIAS
ATTE

ALE
1) ESTAS COMPRANDO 1 ANO Y 9 MESES DE MAS
2) A PARTIR DEL 11 DEL 2000, NO PODES PRESCRIBIR, TENES QUE RENUNCIAR TODO CON ART. 1 LEY 25321
A PARTIR DEL 04/2000 Y DE ESTA MANERA APLICAS CESE FICTO AL 03/2000 Y APLICAS 4 ANOS DE DD.JJ
LOS PERIODOS DE DD.JJ. ART. 3, LO TENES QUE APLICAR HASTA EL 9/1993
 #658874  por ALEPEREZ
 
Mario modifique nuevamente la liquidacion de esta señora, teniendo en cuenta los pagos de autonomos que figuran en sicam y teniendo en cuenta los comprobantes originales, los cuales en algunos meses en particular tengo el pago original y no figura en el detalle de los pago y viceversa. Mi consulta es: prescribo en uno u otro caso, ya que son en total alrededor de 9 meses y no influiria mucho en el total que voy a comprar si no es mucho pedirte te detallo commo queda la situacion de revista, ya que tengo turno el 17/12/2010

des de 07/1968 a 08/1975, costurera por sicam
dede 09/1975 a 07/1999 sdm cdo 898 s/ corte padron afip
desde 08/1999 a 03/2000 sdm cod 898 s/ corte padron afip
desde 04/2000 a 06/2004 prescribimos por falta de pagos.
Estos son los beneficios que aplique a esta sit de revista:
07/1968 07/1972 Art. 3 Ley 24476 DDJJ[/b]
01/1976 02/1976 Art. 1 Ley 25321 (en los pagos en sicam, figura enero del 66 y 02/66, por lo cual lo precrivi, esta bien??')
11/1982 12/1982 Art. 1 Ley 25321 (no figuran originales ni esta cargado en los pagos por eso lo prescribi)
* 01/1983 esta pago el original pero no figura cargado en los pagos de sicam, lo prescribo??? o los toma igual como pagados????
02/1988 02/1988 Art. 1 Ley 25321 (02/1988 figura en original pero no en pagos de sicam)
02/1991 02/1991 Art. 1 Ley 25321
04/1992 06/1992 Art. 1 Ley 25321
07/1993 07/1993 Art. 1 Ley 25321 (lo prescribi porque figura a verificar )
04/1999 04/1999 Art. 1 Ley 25321 04/99 no esta cargado el pago ensicam pero figura en comprobante original, que conviene que haga??? lo prescribo o que lo contabilice en la suma de los aportes
06/1999 06/1999 Art. 1 Ley 25321
09/1999 03/2000 Art. 1 Ley 25321

ACLARACION: fijate que la declaracion jurada por art3donde aplique 4 años a mi me daria desde julio de 1968 a julio de 1972 y yo le compre hasta agosto de 1975, s/ creo sobraria ese periodo, compro solo hasta julio del 1972 ???desde ya te agradeceria me aclararas estas ultimas dudas antes de enviar el plan.
SALUDOS
ALE
 #658881  por ALEPEREZ
 
MARIO AUN COMPRENDO HASTA 07/1972 ME DA LA LIQUIDACION 31.AÑOS Y 04 MESES DE AÑOS DE SERVISIO Y 27.AÑOS Y 04 MESE DE AÑOS CON APORTES-

GRACIAS POR ACLARAR MIS DUDAS

ALE
 #662249  por ALEPEREZ
 
hola a todos amigos!!!
ante todo gracias a los q me han respondido para este turno q tenia el 17/12 de autonomo con sicam. en el turno estuvo bien hecha la liquidacion solo modifique un periodo q de unos meses q hubo q prescribir... y en el periodo 04/2000 a 06/2004 donde la sra. no se reempadrono en afip, como ya no se puede prescribir obserbamos q los aportes estan hechos bajo el dni de quien fuera su patrona y no de la sra. q fue quien trabajo... por eso anses pide q por ese periodo utsupra mencionado consigamos certificacion de servicio, recibos de sueldo, o q pruebe a aplicar transferencia de aportes... desde sicam... mi pregunta es
¿¿¿ alguno de uds, ya probo a aplicar transferencia de aportes y en casoq sea positivo me pueden decir cuanto tiempo demora en resolverse adicional al normal o me pueden aportar alguna informacion para ver que alternativa conviene?? desde ya gracias! y les agrdeceria la respuesta para este miercoles 29/12 ya q es dia tengo q presentarlo. atte

mil gracias !!!!!!
y les deseo una feliz navidad y prospero año nuevo a todos!!!!!!

ale