Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PENSION DIRECTA POR SI LE SIRVE A ALGUIEN

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #655288  por mariouba
 
Estimados Foristas, hoy inicie una PENSION DIRECTA, en la USAI de Munro, de un causante con inscripción en AUTONOMOS, La viuda tiene una jubilación con moratoria, por ende debía abonar la moratoria de contado. Con el fin de que pagara lo menos posible, complete el SICAM con los 30 años, y aplique la Prescripción ART. 1 25.321, Art. 3 Ley 24.476 y Art., 19, hasta ahora nunca había aplicado beneficios y la verdad quede muy conforme.
 #655352  por dramamita
 
hola mario

yo he presentado muchas pensiones a jubiladas con moratoria y nunca pagamos al contado!!!!!!!!!!!!!!!!! todo dentro de las excepciones a la 884........no entraba en ninguna tu caso?????
 #655644  por VCZECHOWICZ
 
Hola a todos:
El decreto 884/06 es muy claro: Hay que pagar la moratoria de contado si uno persibe un beneficio y se quiere jubilar, pero si uno esta jubilado y se quiere pensionar se puede pagar en cuotas, hay que leer bien el decreto. Lo unico que no esta permitido es solicitar el beneficio jubilatorio y uno cobra otro beneficio ya sea (pension, retiro, plan social, etc. etc.), pero se puede iniciar una pension con moratoria si uno cobra una jubilacion.
Lo aclaro para que lo tengan presente.
Dario
 #655842  por andrea1982
 
VCZECHOWICZ escribió:Hola a todos:
El decreto 884/06 es muy claro: Hay que pagar la moratoria de contado si uno persibe un beneficio y se quiere jubilar, pero si uno esta jubilado y se quiere pensionar se puede pagar en cuotas, hay que leer bien el decreto. Lo unico que no esta permitido es solicitar el beneficio jubilatorio y uno cobra otro beneficio ya sea (pension, retiro, plan social, etc. etc.), pero se puede iniciar una pension con moratoria si uno cobra una jubilacion.
Lo aclaro para que lo tengan presente.
Dario
Me parece que no todas las UDAI manejan el mismo criterio, en Rosario es como vos decís, uno no se puede jubilar, pero si pensionar, sin importar la fecha de fallecimiento.
 #655959  por estudiocm
 
No es que no se pueda jubilar, ni que no pueda hacer la moratoria... lo único es que la moratoria debe ser abonada de contado.
Pero en qué se basaron en la udai para decirte que no se puede pensionar con moratoria?
Paula
 #656173  por baniyada
 
Hola soy de Rosario y aca depende de la anses( norte o centro) cambian criterios.No todos los jubilados se pueden pensionar por moratoria..si la muerte fue antes de la 884 si,sino salen rechazadas y aparte hay que tener en cuenta que las excepciones a la 884 son en casos especificos.
 #656188  por arielruiz86
 
Parece que no hay un criterio uniforme para cuando se quiere pensionar con moratoria a una ya jubilada porque la restricion expresa que establece el decreto 884/06 es para el caso inverso, osea, para los jubilados que quieran adherir a la moratoria siendo que estan pensionados.
 #656247  por mariouba
 
Lo unico que puedo agregar es, en resolucion de la CARSS, de fecha noviembre del 2010, rebocaron una resolucion de la UDAI MORON, que denegaba pension Directa con moratoria, NO AFILIADO AUTOMO, y el solicitante tiene jubilacion con moratoria, los considerandos son muy interesantes, hace mencion a la vigencia de la LEY 24.241 y a la 24.476.
Estoy contento por mi cliente y ahora a todos los que estan en la misma condicion voy hacer lo mismo
 #656336  por andrea1982
 
baniyada escribió:Hola soy de Rosario y aca depende de la anses( norte o centro) cambian criterios.No todos los jubilados se pueden pensionar por moratoria..si la muerte fue antes de la 884 si,sino salen rechazadas y aparte hay que tener en cuenta que las excepciones a la 884 son en casos especificos.
Yo soy de Rosario, en la centro, hasta hace poco salían, sin importar la fecha de fallecimiento.