sog escribió:Puedo encasillar como viajante de comercio a un empleado que además de captar clientes y venderle servicio, se ocupaba del soporte posventa, reclamos, supervisión de la comercialización etc.??????
hola sog................me quede pensando si te equivocaste de foro , no queda claro si el empleado esta en actividad o esta tramitando su jubilacion?????......, pero como aca somos libres para opinar de todo a la ligera y con pocos datosssssssss.............yo creeria que si lo podes encuadrar como viajante de comercio .......
Se encuentran comprendidos bajo la denominación viajantes de comercio, los corredores de plaza e interior, placistas, agentes, representantes, preventistas, promotores de ventas, viajantes de industria, comercio y servicio. Los vendedores domiciliarios de cursos, de libros, de tarjetas de compra o de crédito, de AFJP, de medicina prepaga, de emergencias médicas, de celulares y de TV por cable. Inclusive, también se encuentran comprendidos, los ejecutivos de cuentas, gerentes o supervisores de ventas, y/o cualquier otra denominación que se le diere al trabajador, siempre que su actividad principal sea la captación de clientes y concertación de negocios fuera de la sede o establecimiento de sus empleadores. (art 1 y 2 Ley 14546, art 2 CCT )