El caso es así:
Señora A alquila un inmueble al Sr. Perez. El contrato dice que deberá pagar los alquileres en una inmobiliaria cercana al depto. Cuando falta un mes para el vencimiento del contrato, el Sr. Perez le dice a la inquilina que si quiere renovar contrato, el nuevo canon será mas caro. La Señora A comienza las tratativas con la inmobiliaria para entregar el inmueble el día sábado (día de vencimiento del contrato).
La entrega no ocurre. El Sr. Perez me viene a ver y mando carta documento emplazando a desocupar inmueble por vencimento de contrato. No contesta.
Inicio desalojo. La Sra. A contesta demanda y acompaña contrato de locación celebrado con la Sra. Perez (esposa del Sr. Perez) que vive al lado y que le hizo contrato de locación al día siguiente del vencimiento del contrato anterior, es decir el día domingo y que fue sellado en rentas el lunes.-
El problema: El contrato celebrado por la Sra. Perez es válido (el art. 1276 del CC la autoriza, aunque el esposo no supiera nada, y eso es objeto de otras acciones que estoy entablando, que atañen a la sociedad conyugal) y la Sra. A no podrá ser desalojada. Tendré que desistir de la demanda de desalojo. Pero y aquí mi pregunta?? Y la mala fe de la Sra. A.?
1) No entregó el inmueble al vencimiento del contrato al locador (mi cliente y a la inmobiliaria)
2) Realizó un nuevo contrato con la esposa del dueño, sabiendo que el mismo no vive allí hace 14 años.
3) Contesta la demanda con el patrocinio del abogado de la esposa de mi cliente, si, el mismo que patrocina el juicio de separacion.
¿Qué opinan? Y la responsabilidad por la locación original?
Señora A alquila un inmueble al Sr. Perez. El contrato dice que deberá pagar los alquileres en una inmobiliaria cercana al depto. Cuando falta un mes para el vencimiento del contrato, el Sr. Perez le dice a la inquilina que si quiere renovar contrato, el nuevo canon será mas caro. La Señora A comienza las tratativas con la inmobiliaria para entregar el inmueble el día sábado (día de vencimiento del contrato).
La entrega no ocurre. El Sr. Perez me viene a ver y mando carta documento emplazando a desocupar inmueble por vencimento de contrato. No contesta.
Inicio desalojo. La Sra. A contesta demanda y acompaña contrato de locación celebrado con la Sra. Perez (esposa del Sr. Perez) que vive al lado y que le hizo contrato de locación al día siguiente del vencimiento del contrato anterior, es decir el día domingo y que fue sellado en rentas el lunes.-
El problema: El contrato celebrado por la Sra. Perez es válido (el art. 1276 del CC la autoriza, aunque el esposo no supiera nada, y eso es objeto de otras acciones que estoy entablando, que atañen a la sociedad conyugal) y la Sra. A no podrá ser desalojada. Tendré que desistir de la demanda de desalojo. Pero y aquí mi pregunta?? Y la mala fe de la Sra. A.?
1) No entregó el inmueble al vencimiento del contrato al locador (mi cliente y a la inmobiliaria)
2) Realizó un nuevo contrato con la esposa del dueño, sabiendo que el mismo no vive allí hace 14 años.
3) Contesta la demanda con el patrocinio del abogado de la esposa de mi cliente, si, el mismo que patrocina el juicio de separacion.
¿Qué opinan? Y la responsabilidad por la locación original?
