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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #611585  por ferlenge
 
Hola! Consulta a los expertos para ver si en mi primero y ULTIMA liquidación esta bien analizando!

Mujer nacida 06/08/1945. Edad hoy 65 años.
Exeso 30 meses. Computo 24 meses por las dudas.
Trabajo en RRDD sin que aparezca completo en sabana desde 02/05/1966 a 28/02/1979, cuento con certificacion de servicios original. Total 154 meses trabajados RRDD.
360 meses requeridos menos 24 meses exeso menos 154 trabajados RRDD: Comprar 182 meses.

Ingreso SICAM:
opicón: jubulación
Ley 24476

Situacion de revista I: 09/1963 (18 años) hasta 04/1966 (en mayo 1966 comienza RRDD, para no superponer)
Situacion de revista II: 03/1979 (mes posterior a desvinculación RRDD) hasta 08/1991.

Beneficios: Art 3 Ley 24476: 09/1984 hasta 08/1991.

Da cuota de 114.67. Pago primer cuota y saco turno y termino con estoooooo!!!!
Prefieron 10 liquidaciones de iva, 10 de ganancias y 10 de bs personales todas juntas! NUNCA MAS jajaja
Auqnue no cuenten los meses queria saber si el criterio aplicado esta bien. Gracias y no molesto mas!
 #611594  por andredark
 
esta OK! pero tuviste en cuenta que no tenga inscripcion en autonomos y la nueva 555? por las dudas te digo.
 #611667  por ferlenge
 
Gracias andre por tu respuesta! no no tiene inscripción en autónomos, siempre trabajo en RRDD en el periodo indicado! por ello no debo efectuar ninguna comprobación, verdad?