Transcribo la parte pertienente porque esta circular lo que hace en COPIAR todo el anexo de la 555 (el cual invito a muchos a leerlo porque están asustando a todos con algunos post que ponen...)
CIRCULAR 130/10 del 02.09.10:
X. Disposiciones Complementarias y Aclaratorias
1. Vigencia: la Resolución Nº 555/10 que aprobó esta normativa, fue publicada en el Boletín Oficial del 26 de agosto de 2010 y por lo tanto rige a partir del primer día siguiente a su publicación oficial, tal como reza el artículo 4º de dicha resolución, es decir, a partir del 27 de agosto de 2010.
A fin de respetar los derechos en curso de adquisición de los afiliados y derechohabientes, que hubieran pedido turno de atención con anterioridad a su vigencia y que ANSES le concedió el turno con posterioridad a la misma, se aclara que para dichos casos y con carácter de excepción se les aplicará la normativa anterior (Resolución DE — N Nº 1014 del 20 de octubre de 2005).
2. Normas de Procedimiento que han perdido vigencia, con motivo de la entrada en vigor de la Resolución D.E.-N Nº 555/10, ellas son:
a) Apartado 4 “Aplicación de “Beneficios” a los períodos o reconocimiento de servicios “cerrados” (caso Voloveski) y Apartado 9 a) de Reconocimiento de Servicios, ambos incluidos en el Anexo V de la Resolución GNPS Nº 163/05 (Circular GP Nº 37/06).
b) SICAM — Reconocimiento de Servicios Autónomos — Período Cerrado — No Exigencia de la Opción (Circular GP Nº 68/04) -
c) Cálculo de la Prestación Compensatoria — Afiliados que Optaron por el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Previsionales de Trabajadores Autónomos y Monotributistas (Título II Ley Nº 25.865) — Eventual Aplicación Artículo 5º Capítulo II Ley Nº 24.476. (Circular GP Nº 47/04) —
Esta última disposición legal fue sustituida por el Decreto Nº 1454/05.
d) No Presentación del Padrón Único de Contribuyentes de Trabajadores Autónomos Emitido por la AFIP (P.U.C.) ni el Cotejo de Información del AUT 1, para la Tramitación de Beneficios Previsionales, (Circular GP Nº 69/06). Aclárase que el PUC se visualiza en Datos Personales del SICAM.
e) Documentación a Presentar en AFIP — Regularización de Deuda — Trabajadores Autónomos y Monotributistas — Leyes Nº 24476 — 25865 y 25994 — Instrucción General Conjunta Nº 11207/06 (DISCUA) y Nº 004/06 (DIGRSS). Deberá estarse a lo dispuesto en el apartado IV “Competencia de los Organismos Intervinientes” de la presente normativa.
3. Normas de Procedimiento vinculadas con el Apartado VI “Acreditación de Servicios” PUNTO 11 de la presente “Aplicación de la Ley Nº 25.321 (Renuncia de Servicios Autónomos), a saber:
a) Prescripción, Condonación o Renuncia de Servicios con Aportes Autónomos — Caducidad de la Deuda Exigible — Sistema Integrado Previsional Argentino (PREV 11-27)
b) Fecha inicial de pago — Pensiones y Retiro Transitorio por Invalidez — Aplicación de la Ley Nº 25.321 (Circular GP Nº 17/03).
c) Aplicación Ley Nº 25.321 — Prestación por Edad Avanzada. (Circular GP Nº 51/05)
d) SICAM — Períodos Ampliados — Invocación de “Beneficios” — Su procedencia (Circular GP Nº 52/05).
Es demasiado larga para subirla toda....
CIRCULAR 130/10 del 02.09.10:
X. Disposiciones Complementarias y Aclaratorias
1. Vigencia: la Resolución Nº 555/10 que aprobó esta normativa, fue publicada en el Boletín Oficial del 26 de agosto de 2010 y por lo tanto rige a partir del primer día siguiente a su publicación oficial, tal como reza el artículo 4º de dicha resolución, es decir, a partir del 27 de agosto de 2010.
A fin de respetar los derechos en curso de adquisición de los afiliados y derechohabientes, que hubieran pedido turno de atención con anterioridad a su vigencia y que ANSES le concedió el turno con posterioridad a la misma, se aclara que para dichos casos y con carácter de excepción se les aplicará la normativa anterior (Resolución DE — N Nº 1014 del 20 de octubre de 2005).
2. Normas de Procedimiento que han perdido vigencia, con motivo de la entrada en vigor de la Resolución D.E.-N Nº 555/10, ellas son:
a) Apartado 4 “Aplicación de “Beneficios” a los períodos o reconocimiento de servicios “cerrados” (caso Voloveski) y Apartado 9 a) de Reconocimiento de Servicios, ambos incluidos en el Anexo V de la Resolución GNPS Nº 163/05 (Circular GP Nº 37/06).
b) SICAM — Reconocimiento de Servicios Autónomos — Período Cerrado — No Exigencia de la Opción (Circular GP Nº 68/04) -
c) Cálculo de la Prestación Compensatoria — Afiliados que Optaron por el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Previsionales de Trabajadores Autónomos y Monotributistas (Título II Ley Nº 25.865) — Eventual Aplicación Artículo 5º Capítulo II Ley Nº 24.476. (Circular GP Nº 47/04) —
Esta última disposición legal fue sustituida por el Decreto Nº 1454/05.
d) No Presentación del Padrón Único de Contribuyentes de Trabajadores Autónomos Emitido por la AFIP (P.U.C.) ni el Cotejo de Información del AUT 1, para la Tramitación de Beneficios Previsionales, (Circular GP Nº 69/06). Aclárase que el PUC se visualiza en Datos Personales del SICAM.
e) Documentación a Presentar en AFIP — Regularización de Deuda — Trabajadores Autónomos y Monotributistas — Leyes Nº 24476 — 25865 y 25994 — Instrucción General Conjunta Nº 11207/06 (DISCUA) y Nº 004/06 (DIGRSS). Deberá estarse a lo dispuesto en el apartado IV “Competencia de los Organismos Intervinientes” de la presente normativa.
3. Normas de Procedimiento vinculadas con el Apartado VI “Acreditación de Servicios” PUNTO 11 de la presente “Aplicación de la Ley Nº 25.321 (Renuncia de Servicios Autónomos), a saber:
a) Prescripción, Condonación o Renuncia de Servicios con Aportes Autónomos — Caducidad de la Deuda Exigible — Sistema Integrado Previsional Argentino (PREV 11-27)
b) Fecha inicial de pago — Pensiones y Retiro Transitorio por Invalidez — Aplicación de la Ley Nº 25.321 (Circular GP Nº 17/03).
c) Aplicación Ley Nº 25.321 — Prestación por Edad Avanzada. (Circular GP Nº 51/05)
d) SICAM — Períodos Ampliados — Invocación de “Beneficios” — Su procedencia (Circular GP Nº 52/05).
Es demasiado larga para subirla toda....
