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  • CONFLICTO INQUILINO Y PROPIETARIO

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 #606058  por draclau
 
Hola: Les comento: Inmueble alquilado en capital; domicilio real del propietario , pcia de Bs As-
Inquilino debe 10 meses; se lo intima por CD, no responde,luego de un tiempo se comunica con el propietario un abogado familiar del inquilino.Propone comezar a abonar ahora hasta fin de año , fecha en que puede dejar el inmueble; y olvidar los alquleres adeudados en compensacion a las mejoras que sin autorizacion alguna realizo el inquilino.
Luego de varias idas y venidas, el propietario a los efectos de no ir a juicio , acepta, pero antes de firmar el nuevo convenio,
ahora al propietario le imponen que perciba el precio del alquiler a traves de deposito bancario que haria el inquilino, y no le permiten el ingreso para inspeccionar el estado de la vivienda.
Pregunta : de accionar judicialmente se debe hacer en capital?
En cuestion de desalojos puede optar por evitar la mediacion?
Se puede obligar al propietario a percibir el dinero en otro sitio que no sea su domicilio y no permitirle el ingreso a su inmueble?
Estamos frente a un colega que esta obstaculizando la relacion contractual que se puede hacer?
mIL GRACIAS!!!!!!
 #606248  por amg
 
Accionas en la jurisdicción donde se encuentra el inmueble, salvo que hayan pactado otra cosa.
El lugar de pago debe estar en el contrato lo mismo que la obligación del inquilino de permitir la inspección, por tanto debe respetarse.
El tema es que uno para evitar el juicio suele ceder ciertos derechos, pero en el caso que me planteas, no veo ninguna seguridad de que el inquilino reintegre el inmueble a fin de año, por lo tanto. yo iniciaria el desalojo y ejecución de alquileres impagos, sin mas vueltas.
 #606283  por draclau
 
Hola!!! Gracias por responderme.
Si esas clausulas estan en el contrato, el tema es que el colega me apura diciendome que ese contrato ya no tiene vigencia!!!!
Y por otro lado , mi cliente que no quiere ir a juicio!!!!!!!!!
Otra cosa: entonces en este caso no es necesario ir a Mediacion no???
Segun lei, para el caso del requirente ( propietario) es optativo; mas que nada porque considero que en mediacion el colega me va a plantear lo mismo y seria mas perdida de tiempo..........Gracias!!!!!!!
 #606332  por amg
 
El contrato perdura hasta la restitucion del inmueble. La mediacion es optativa.
Le mandaste carta documento a los garantes?
 #606392  por amg
 
El tema es que a veces los clientes hacen todo mal y despues quieren que nosotros seamos magos.
Si no quiere hacer juicio, aclarale que pueden bajarse los pantalones y aceptar todo lo que les diga el inquilino, no onstante no tienen garantia de que le restituyan el inmueble a fin de año.
Y no te dejes acorralar por el colega.