planteo este tema para que me orienten porque creo meti la pata. yo voy por la parte actora en un ordinario por cobro de pesos. cronologia de los hechos:
- 17/06/08 sale sentencia a mi favor.
- 04/07/08 notifico al domicilio real
- 10/07/08 notifico al domicilio legal
- 30/07/08 demandado interpone recurso de apelación.
- 31/07/08 juzgado decreta "acreditada que sea la notifiación del decisorio, se proveerá"
recién despues de eso se agregan las cédulas, notificadas con anterioridad.
- 24/09/08 demandado presenta escrito: solicita que el encargado de mesa de entradas informe si los autos fueron retirados por el actor despues de la sentencia y que estando notificadas ambas partes, se provea el rec interpuesto.
- 26/09/08 juzgado decreta "libremente y con efecto suspensivo, concédase el recurso de apelacion por ante el superior a quien se elevarán los autos con nota de estilo, previa notificación de las partes"
- 03/12/09 presento escrito yo solicitando se declare caduco el recurso por no haber instado la contraria el recurso apelacion interpuesto.
- 04/12/09 juzgado decreta "de la caducidad planteada, córrase traslado a la contraria"
aca no estoy segura, pero creo que se notificó en el expte la demandada.
- 18/02/10 vista al fiscal
- 22/02/10 fiscalia responde "previo a expedirse este ministerio, deberá correr traslado a la contraria".
- 23/02/10 juzgado decreta "téngase presente. hágase saber lo manifestado por el fiscal"
de ahi en más no hubo más movimiento. yo tengo la cédula de notificación para la demandada de los decretos de fecha 04/12/09 y 23/02/10.
despues de toda esta explicación, no se que hacer. Está bien planteada la caducidad??. Manda´ré la cédula?? o realmente confundi los tantos.
al que pueda brindarme una ayuda, super agradecida. saluditos
- 17/06/08 sale sentencia a mi favor.
- 04/07/08 notifico al domicilio real
- 10/07/08 notifico al domicilio legal
- 30/07/08 demandado interpone recurso de apelación.
- 31/07/08 juzgado decreta "acreditada que sea la notifiación del decisorio, se proveerá"
recién despues de eso se agregan las cédulas, notificadas con anterioridad.
- 24/09/08 demandado presenta escrito: solicita que el encargado de mesa de entradas informe si los autos fueron retirados por el actor despues de la sentencia y que estando notificadas ambas partes, se provea el rec interpuesto.
- 26/09/08 juzgado decreta "libremente y con efecto suspensivo, concédase el recurso de apelacion por ante el superior a quien se elevarán los autos con nota de estilo, previa notificación de las partes"
- 03/12/09 presento escrito yo solicitando se declare caduco el recurso por no haber instado la contraria el recurso apelacion interpuesto.
- 04/12/09 juzgado decreta "de la caducidad planteada, córrase traslado a la contraria"
aca no estoy segura, pero creo que se notificó en el expte la demandada.
- 18/02/10 vista al fiscal
- 22/02/10 fiscalia responde "previo a expedirse este ministerio, deberá correr traslado a la contraria".
- 23/02/10 juzgado decreta "téngase presente. hágase saber lo manifestado por el fiscal"
de ahi en más no hubo más movimiento. yo tengo la cédula de notificación para la demandada de los decretos de fecha 04/12/09 y 23/02/10.
despues de toda esta explicación, no se que hacer. Está bien planteada la caducidad??. Manda´ré la cédula?? o realmente confundi los tantos.
al que pueda brindarme una ayuda, super agradecida. saluditos
