Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA CON SICAM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #600832  por susana31141
 
Hola colegas: la verdad es que tengo que hacer una liquidación de sicam y cada vez me surgen mas dudas. Si alguien me las puede contestar lo agradecería mucho.
Primero mi duda es si puedo dar como fecha de cese el año 93 aunque la persona no tenga los 60 años.
Si la doy, puedo aplicar siete años de declaración jurada del art. 3, pero mi duda es si puedo aplicar mas años por el art. 38. Esto es porque la señora cumplio los 18 años en el 65, entonces mi idea era aplicar del 65/68 el 38, y 69/93 el 3. Pero no se si es correcto aplicar los dos.
Otra duda que tengo, es respecto al tiempo que le falta para completar los 30 años, los pago en efectivo. Ahora me parece que no conviene ingresar como servicio domestico ese tiempo, así que lo puedo hacer como costurera?, y en el caso de hacerlo a donde se calcula el monto. Y hay que pagar intereses sobre ese monto? tengo que imprimir alguna planilla no?.Y que años puedo tomar, tiene alguna importancia que sean después del 93 los años que tomo para esta parte? Bueno son muchísimas dudas las que me surgieron...Agredecería alguna ayudita. Gracias...
 #601018  por hugo2
 
susana31141 escribió:Hola colegas: la verdad es que tengo que hacer una liquidación de sicam y cada vez me surgen mas dudas. Si alguien me las puede contestar lo agradecería mucho.
Primero mi duda es si puedo dar como fecha de cese el año 93 aunque la persona no tenga los 60 años.
Si la doy, puedo aplicar siete años de declaración jurada del art. 3, pero mi duda es si puedo aplicar mas años por el art. 38. Esto es porque la señora cumplio los 18 años en el 65, entonces mi idea era aplicar del 65/68 el 38, y 69/93 el 3. Pero no se si es correcto aplicar los dos.
Otra duda que tengo, es respecto al tiempo que le falta para completar los 30 años, los pago en efectivo. Ahora me parece que no conviene ingresar como servicio domestico ese tiempo, así que lo puedo hacer como costurera?, y en el caso de hacerlo a donde se calcula el monto. Y hay que pagar intereses sobre ese monto? tengo que imprimir alguna planilla no?.Y que años puedo tomar, tiene alguna importancia que sean después del 93 los años que tomo para esta parte? Bueno son muchísimas dudas las que me surgieron...Agredecería alguna ayudita. Gracias...
Todas esas dudas ya fueron contestadas en numerosas oportunidades por los excelentes foristas del sitio, te recomiendo que leas los post.
 #601103  por paulita12
 
quien te respondio,SABE MUUUUUUUUUUUUUUUUCHISIIIIIIIMO,pero tiene razon,lee un poquitito mas y luego pregunta,aqui hay excelentes profesionales que sabran satisfacer tus dudas :D
Plantea como harias vos el caso,y despues te orientamos
:wink:
 #601446  por susana31141
 
Bueno gracias a los dos por responderme. Leí mucho en el foro, pero esas dudas puntuales no las encontré, voy a seguir buscando...a ver si encuentro algo..Gracias de nuevo...
 #601494  por paulita12
 
Si la señora cumplio los 18 añitos en el 65 ,es decir nacio en el 47 pq decis que aun no tiene los 60??
 #601827  por susana31141
 
Hola que tal- Me refería a que no tenía la edad de sesenta años en el 93.