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  • NUEVA CIRCULAR SDM 35/10

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #599359  por ALEXIS2010
 
A ver si alguien puede confirmar o refutar lo que entendí...
- Hasta el 30 de septiembre se pueden presentar SICAM con deuda, siempre y cuando en el SIPA figure todo cancelado para el día del turno
- El capital y los intereses se pagan con los form 102 ($20) y 575 ($23), y los intereses se calculan con la calculadora de la afip, y van sobre esos mismos montos.
- Ya no será necesario presentar los quichicientos formularios, ya que la prueba va a estar en los aportes al SIPA, aunque sí va a ser necesario el ANEXO con el dador de trabajo.
- A partir del 1 de Octubre, el SICAM ya se tiene que presentar con deuda "0".

Bueno, espero comentarios a ver si es así como entendí o me estoy perdiendo de algo...
Muchas gracias!
 #599364  por SUKAN69
 
si alexis tal cual ...asi nos explicaron los iniciadores de anses Cba .. Tb llevar una ddjj (certificada por la policia) donde la solicitante manifieste no tener mas pruebas para demostar que trabajo como sdm en esos periodos
 #599440  por layeya
 
Me pregunto como vamos a hacer para que el sicam de cero, porque muchas veces cuando pagamos los intereses de algún aporte autónomo no sale reflejado en el SICAM. O sea que si nos sigue saliendo con deuda tendremos que ir a hacer cola a AFIP para que carguen el pago?
Con todo este lío alguien está presentando??
 #600205  por vivas
 
layeya yo fui a la afip porque pague intereses hace un mes y en la pantalla de pagos aparecen pero en detalle de deuda siguen apareciendo deuda y creando interes,me dijeron que ellos no liquidan sicam,por lo tanto debo esperar que se acrediten que puede tardar un mes o mas aaaa te digo que me pasearon por todas las oficinas y supuestamente nadie entiende que hacer. :lol:
 #600280  por mirta79
 
hola.. contame como es eso de sicam con deuda cero..a q se refiere eso?, no entiendo..
otra cosa, viste que en al circular 35/10 dice pago de formularios 102 y 575 por el dador de trabajo o el trabajador, hable con mi contadora y me dijo q es excluyente, es decir o uno u otro, x ese lado podemos pelear el tema de presentar dador de trabajo.-
En otra parte dice en la ciruclar " Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital
más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado"...la pregunta es:COMO SE VERIFICA ESO? ES DECIR DONDE SE INGRESA A VER SI EN EL SIPA Q EL CAPITAL MAS INTERESES RSULTE IGUAL O MENOR?????
 #600295  por MARIO1943
 
mirta79 escribió:hola.. contame como es eso de sicam con deuda cero..a q se refiere eso?, no entiendo..
otra cosa, viste que en al circular 35/10 dice pago de formularios 102 y 575 por el dador de trabajo o el trabajador, hable con mi contadora y me dijo q es excluyente, es decir o uno u otro, x ese lado podemos pelear el tema de presentar dador de trabajo.-
En otra parte dice en la ciruclar " Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital
más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado"...la pregunta es:COMO SE VERIFICA ESO? ES DECIR DONDE SE INGRESA A VER SI EN EL SIPA Q EL CAPITAL MAS INTERESES RSULTE IGUAL O MENOR?????
 #600307  por MARIO1943
 
mirta79 escribió:hola.. contame como es eso de sicam con deuda cero..a q se refiere eso?, no entiendo..
otra cosa, viste que en al circular 35/10 dice pago de formularios 102 y 575 por el dador de trabajo o el trabajador, hable con mi contadora y me dijo q es excluyente, es decir o uno u otro, x ese lado podemos pelear el tema de presentar dador de trabajo.-
En otra parte dice en la ciruclar " Verificar en SICAM, por cada período invocado, que el total de la deuda (capital
más interés), resulte igual o menor a la suma de los montos que, para el CUIL consultado, se registren en SIPA. Si la misma cumple con el requisito indicado se considerará al período como cancelado"...la pregunta es:COMO SE VERIFICA ESO? ES DECIR DONDE SE INGRESA A VER SI EN EL SIPA Q EL CAPITAL MAS INTERESES RSULTE IGUAL O MENOR?????
HOLA
EL TEMA DEL DADOR , SI O SI LO TENES QUE PRESENTAR, ACA NO TENES QUE PELEAR NADA, PODES PELEAR EL RESULTADO DE LA VERIFICACION
CONSEJO, ESPERA QUE SE ACREDITEN LOS PAGOS EN EL SICAM Y TE FIJAS SI LA DEUDA TE DIO CERO , LA CALCULADORA DE AFIP, ESTA LIQUIDANDO MENOS
QUE LO QUE FIGURA EN DETALLE DE DEUDA, SI VOS LIQUIDAS INTERESES DE ABRIL DEL 2000, POR LA CALCULADORA, TE DA ALRREDOR DE $ 7.- QUE TE ESTA FALTANDO, HACE LA PRUEVA LIQUIDA CO N LA CALCULADORA ABRIL DEL 2000 CON CAPITAL DE $ 35, PARA PODER COTEJARLO CON EL DETALLE DE DEUDA QUE TAMBIEN ESTA HECHO EN BASE DE $ 35, Y ESA DIFERENCIA VA BAJANDO HASTA LLEGAR AL 2010, QUE TE SURGEN DIFERENCIAS DE 0,03 CENTAVOS
 #600322  por eugegir
 
Hola a todos: estuve leyendo todas las publicaciones en torno a las modificaciones en el pago de aportes al Servicio domestico, y estoy un poco confundida. Tengo tres jubilaciones para iniciar, pero la verdad tengo miedo de pagar mal. En limpio, se paga con el form. 102 y el 575 los 20$ y 23$, como siempre y desde ahi como sigo? Por favor si alguien me puede ayudar quedare muy agradecida. Saludos.
 #600352  por monyzappa
 
Hola a todos, por lo que interpreto ,se deben pagar capital 20$ con 102 y 43$con form 575 hasta ahi como siempre, ahora intereses calcular con calculador de afip x 20$ con vencimiento al dia 10 del mes siguiente calculados al dia que se realizara el pago de los mismos (pagar con 102); por 23$ al dia 15 mes siguiente tambien calculando al dia de realizar el pago(pagar con575). Tambien se debe incluir la parte de obra social.

Esto deducido de lo que dice la 35/10 :

001-- refleja pago de interes con codigo 003 ( transf. obligatoria)

008 """"""""""""""""""""""""""""""""""""""" 009 ( transf.. voluntaria seg. social)

010 """"""""""""""""""""""""""""""""""""""" 011 ( apor. voluntarios seg. social)

Respecto de los formularios no sera requisito presentarlos a inicio hasta el 30/09/10 ,como tampoco tikes de pago y sicam puede enviarse con deuda; luego de este periodo sicam en 0, pero de la presentacion obligatoria o no de form no dice nada??
 #600485  por guamel
 
Buenas, soy nueva en blog, estuve leyendo lo que postearon creo que lo del apgo lo tengo claro, ahora la pregunta es: alguien paga la categoria de 39 pesos??? es una mas de la de 20 queria saber si habia otros requisitos con respecto a esta, y con respecto a los dadsores de trabajo....tienen que estar inscriptos en afip previamente? gracias!