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  • Notificación errónea para Alegatos

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 #596125  por Vivor
 
Hola buenas tardes.

En una División de Condominio yo estoy por la demandada.

En la audiencia del 360 cambié el domicilio constituido y la actora se notificó en ese acto, todo lo cual consta en la respectiva acta.

Ahora se clausuró el periodo probatorio y la actora me manda una cédula a mi domicilio anterior (me avisan telefónicamente quienes ahora están en esa oficina) con el siguiente proveido:

"...declárase clausurado el período probatorio
y una vez firme el presente, póngase los autos para
alegar por el plazo de seis días, en el orden en que se
han presentado en autos (art. 482 del Código Procesal).
NOTIFIQUESE."

O sea, técnicamente no estoy notificado.

Ahora no sé que me conviene hacer, porque si no hago nada y espero, como el juzgado no se fija en ningún detalle me va a dar por perdido el derecho de alegar y van a pasar los autos a sentencia, por lo que debería atacar luego la sentencia, si me la notifican bien.

O tal vez, me convenga llamar a la otra parte y decirles del error para que me manden la cédula como corresponde???

Uds. qué harían?

Tampoco tengo bien claro como es el tema de los plazos....

El art 482 CPCC dice que una vez firme la clausura de la prueba cada parte puede retirar el expte por 6 días...

A ver si lo razono bien... una vez que quedo notificado de la clausura del periodo probatorio, debo esperar 5 días (para que quede firme) y el día Nº 6 empieza a contar los 6 días para retirar el expediente?

Y como juega esto con la otra parte? También es desde que recibió su cédula?

Gracias por su ayuda!!!

Saludos.