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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #592918  por PILAR28
 
Hola gente:
Tengo el caso de una señora que ya habia pagado SDM en el período 04/2000 hasta 08/2004.
Los intereses son re altos.
Ahora, tenia pensado comprar los dos ultimos años 06/2008 hasta 07/2010, para pagar menos intereses y condonar los años mas viejos comprados de SDM.
La pregunta es puedo aplicar el art. 1 de la ley 25 al periodo 04/2000 hasta 03/2002??.
Muchas gracias!!
 #592931  por fabidoc
 
No se puede. Tenés que pagar los intereses correspondientes a ese tramo.
 #593305  por layeya
 
PILAR28 escribió:Hola gente:
Tengo el caso de una señora que ya habia pagado SDM en el período 04/2000 hasta 08/2004.
Los intereses son re altos.
Ahora, tenia pensado comprar los dos ultimos años 06/2008 hasta 07/2010, para pagar menos intereses y condonar los años mas viejos comprados de SDM.
La pregunta es puedo aplicar el art. 1 de la ley 25 al periodo 04/2000 hasta 03/2002??.
Muchas gracias!!

Y si no incluís esos períodos en el SICAM???? o te salen automáticamente???
 #593679  por alcirana
 
No olviden que si se compran años más actuales (2010-2009-2008) se pierden los beneficios del art. 3
Les recuerdo el AÑO CESE para aplicar Art 3:
94-95 7 años ddjj
96-97 6 años ddjj
98-99 5 años ddjj
00-01 4 años ddjj
02-03 3 años ddjj
04-05 2 años ddjj
06-07 1 año ddjj

Suerte!
 #593683  por fabidoc
 
layeya escribió:
PILAR28 escribió:Hola gente:
Tengo el caso de una señora que ya habia pagado SDM en el período 04/2000 hasta 08/2004.
Los intereses son re altos.
Ahora, tenia pensado comprar los dos ultimos años 06/2008 hasta 07/2010, para pagar menos intereses y condonar los años mas viejos comprados de SDM.
La pregunta es puedo aplicar el art. 1 de la ley 25 al periodo 04/2000 hasta 03/2002??.
Muchas gracias!!

Y si no incluís esos períodos en el SICAM???? o te salen automáticamente???
Salen en el listado de pagos del SICAM y también en el SIPA de Anses por lo que es imposible omitirlos, aunque no hicieras SICAM.
 #594004  por dramamita
 
hola Pilar
a mi criterio podrias re imputar los periodos viejos que pago tu clienta y empezar de 2010 para atras, pero tene en cuenta que una re imputacion en afip puede demorar muchoooooooooooo tiempo, aunque con la multinota presentada igual te tendrian que tomar el tramite
fabidoc tiene razon............en periodos con sdm no se pueden aplicar los beneficios previstos en sicam ni condonar nada, pero podes cambiar la situacion de revista
 #594542  por PILAR28
 
Muchas gracias Fabidoc y Dramamita !!
Fabidoc sabia que no podIa no incluirlo, porque surge en pagos del SICAM y en el SIPA. Ahora, les cuento que los intereses rondan los 3.500 pesos, por lo que me parecio interesante la posibilidad de reimputar esos pagos a periodos recientes. COMO SERIA EL PROCEDIMIENTO?? SOLO CON UNA MULTINOTA SOLICITANDOLO EN LA AFIP??? ACOMPAÑO ALGUNA DOCUMENTAL?? CUANTO DEMORARA??
MIL GRACIAS!!!
 #594587  por rachelcba
 
sanher, la Resol que andás buscando y nadie te la quiere dar es la 162/97 - Ley Aniversario o "feliz cumpleaños" ... la verdad no te merecés la información por el tono de tus respuestas, pero lo hago sólo porq no quiero que miryam001 me ponga en la categ. de "gordas resentidas" :lol: :lol: ... de terror lo de esta piba, es una "pisicóloga" frustrada :lol: :lol:
 #594598  por fabidoc
 
PILAR28 escribió:Muchas gracias Fabidoc y Dramamita !!
Fabidoc sabia que no podIa no incluirlo, porque surge en pagos del SICAM y en el SIPA. Ahora, les cuento que los intereses rondan los 3.500 pesos, por lo que me parecio interesante la posibilidad de reimputar esos pagos a periodos recientes. COMO SERIA EL PROCEDIMIENTO?? SOLO CON UNA MULTINOTA SOLICITANDOLO EN LA AFIP??? ACOMPAÑO ALGUNA DOCUMENTAL?? CUANTO DEMORARA??
MIL GRACIAS!!!
Es por formulario 399 que podés bajar de la pág. de Afip. Tenés que indicar el período "mal imputado" y al cual querés imputar correctamente. Con copia de los tickets de pago correspondientes. Demoran bastante(meses).
 #594616  por PILAR28
 
Gracias nuevamente Fabidoc!!
Estuve mirando el formulario 399, te pregunto:
1) es un formulario por periodo pagado, o sea uno por el Form. 102 y otro por el Form. 575, por mes??
2) en el caso de el form. 575 pondria en impuesto 351, concepto 896 y subconcepto 896.
3) Pero en el caso del for. 102??
4) y en importe de alta, varia el monto o son los mismos $20 y 23, ya sea 2004 o 2010??
Saludos
 #594646  por mariae
 
el beneficio de feliz cumpleaños, o sea iniciar tres meses antes de cumplir la edad, no se aplica cuando el solicitante esta acogico a una moratoria, solo cuando reune los 30 años de aportes