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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #589705  por ALE5320
 
HOLA CHICOS,
Estuve leyendo la circular, mi intencion era prescribir los pagos realizados desde 2000 al 2004, ya que los intereses suman mucho,
Cuando dice no se puede aplicar beneficios, es que no puedo aplicar art 1 ley de prescripcion
y pagar todo de nuevo comprando periodos mas cercanos???? :roll:

Por favor si me pueden orientar. Gracias a todos
 #589714  por ciseron
 
Tengo que hacerte una pregunta técnica....
Tengo que iniciar una jubilación invocando servicio doméstico por unos períodos.
Antes no había problemas porque pagaba capital y nos daban la jubilación.
Tengo un par de clientes que quieren pagar capital e intereses y es mucha guita y no quiero meter la gambar.
Estudié la Circular 30/10 e igual no entiendo algunas cosas.
El interrogante es si lo que tengo que hacer es ubicarlos dentro de la categoría de dependientes más de 16 hs regulados por el Decreto 326/56, pagar $35 en concepto de contribución obligatoria con el F102 por cada períodos y con el mismo formulario los intereses o ubicarlo entre 6 y 12 horas de trabajo, pagar $20 de aportes con el F102 Y $23 de contribución obligatoria con el F.575.
Algunos me dicen que los intereses con el F. 575 otros con el F102 otros que con el F102 tengo que pagar sólo el aporte de $20 y $35 con el F.575 la contribución obligatoria y con este último formulario los intereses también.
Si puden evacuenme esta duda.
 #589779  por ALE5320
 
Holaaaa :P
Alguien aplico lo que planteo
prescribir lo abonado como SDM ya que la actualizacion es mayor a pagar los periodos mas recientes???? haciendo calculos se ahorra $1000
Como lo ven????