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  • citacion en garantia

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 #588734  por boitace
 
Hola que tal tengo que hacer una demanda de daños y perjuicios, en el cual la provincia es responsable "indirecta” en razón al artículo. 1113 del Código Civil así como el ministerio de gobierno y Justicia.
la cuestión es si los incluyo en la carátula como codemandados o los sito en garantía.,
Saludos y gracias por su opinión.
 #588787  por mmaldonado
 
Yo los incluiría como co-demandados. Y citación en garantía? No, no la veo... En realidad es una responsabilidad indirecta en el núcleo consorcial que es muy distinta de la citación en garantía que responde más bien a un litis consorcio necesario (tal la citación a la aseguradora) que impide la prosecución del trámite procesal hasta la debida comparecencia de la aseguradora al proceso, por ejemplo. En este caso, y tal como vos lo planteas, se trataría de un litis consorcio facultativo sin obligación legal de comparecencia de uno de los demandados, (podes demandadar al conductor del vehículo solamente -por poner un ejemplo- sin que necesariamente debas demandar a la Provincia como patronal) son responsabilidades distintas simplemente. Entiendo que así es la cuestión, al menos siempre lo hago de ese modo. Espero sea útil. Saludos