Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Condonar SDM

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #586822  por Guilermo80
 
Buen día foristas.
Tengo un problema. A una señora le compré solo 2 meses de SDM (04 y 05/2000) cuando todavía no había surgido inconveniente alguno con el servicio doméstico. Luego de que salieran las resoluciones decidí no meterme con este tema y condonar esos 2 meses esperando a tener 4 de exceso de edad. Resulta que el sistema me dice que no es posible aplicar beneficios en ese período. O sea, me mandé un error (por no decir otra cosa), no sólo me perjudica en los años para la declaración jurada sino que ahora no podría zafar sel SDM!!! Alguien sabe cómo salir de esto?????
 #586886  por MARIO1943
 
Guilermo80 escribió:Buen día foristas.
Tengo un problema. A una señora le compré solo 2 meses de SDM (04 y 05/2000) cuando todavía no había surgido inconveniente alguno con el servicio doméstico. Luego de que salieran las resoluciones decidí no meterme con este tema y condonar esos 2 meses esperando a tener 4 de exceso de edad. Resulta que el sistema me dice que no es posible aplicar beneficios en ese período. O sea, me mandé un error (por no decir otra cosa), no sólo me perjudica en los años para la declaración jurada sino que ahora no podría zafar sel SDM!!! Alguien sabe cómo salir de esto?????
HOLA, CUAL ES EL PROBLEMA, SI O SI LO QUE PONER EN SIT. DE REVISTAS ESOS 2 MESES Y PAGAS LOS INTERSES CORRESPONDIENTES( ES POCO DINERO), SI VAN A VERIFICAR Y TE LO RECHAZAN, ESPERAS 4 MESES COMO BIEN DECIS PARA APLICAR ART. 19, PERO NO TE MODIFICA EL ART. 3 DE LA LEY 24476, YA QUE EL ANO DE CESES ES EL 2000, POR MAS QUE NO TE LO APRUEBEN
 #586929  por Guilermo80
 
Esos cuatro meses de exceso de edad ya están cumplidos, entonces lo que quiero hacer es que no me tomen el SDM del 04/2000 y 05/2000 ya que los intereses no son tan bajos, son de $104 por cada mes.
Si fuera pagar los intereses (que no sé cual es formulario correspondiente) y listo lo haría, pero pueden rechazar el beneficio en caso de que investiguen. ¿Me explico? Quiero evitar eso ¿no queda otra?
 #586953  por marygam
 
En sdm no se puede aplicar beneficio, yo liquidaría ya con interés, saco turno, pago lo que falta... todo rápido antes que a los craneos de afip o anses se les ocurra otra genialidad, suerte
 #586965  por Guilermo80
 
qué macana!!! entonces pago los intereses ¿saben un cual formulario? ¿Concepto?
Al no poder aplicarle beneficios a esos meses, quería tirarme el lance de no declararlo en la situación de revista (aunque aparezcan los pagos registrados) a ver qué pasaba...
 #586970  por MARIO1943
 
Guilermo80 escribió:Esos cuatro meses de exceso de edad ya están cumplidos, entonces lo que quiero hacer es que no me tomen el SDM del 04/2000 y 05/2000 ya que los intereses no son tan bajos, son de $104 por cada mes.
Si fuera pagar los intereses (que no sé cual es formulario correspondiente) y listo lo haría, pero pueden rechazar el beneficio en caso de que investiguen. ¿Me explico? Quiero evitar eso ¿no queda otra?
HOLA
NO TE LO PUEDEN RECHAZAR, PORQUE VOS LLEGAS AL COMPUTO SIN LOS 2 MESES DE SDM, CON ART. 19, ESO SI EN LA PLANILLA DE INICIO Y EN LA SOLICITUD DE TURNOS TENES QUE IGNORAR ESOS 2 MESES DE SDM. PERO RECCALCO, TENES QUE PONER ESOS 2 MESES DE SDM EN SITUACION DE REVISTA SI O SI Y PAGAR LOS INTERESES CORRESPONDIENTES.
LOS INTERSES LOS PAGAS CON F. 102 Y F. 575 EN LA PARTE DONDE DICE INTERESES, LO CALCULAS SOBRE LOS $ 20 Y $ 23, NO LO HAGS SOBRE LOS $ 35 QUE FIGURAN EN EL SICAM, PORQUE TE DESTINA LA PARTE QUE CORRESPONDE A O. SOCIAL QUE SON SOBRE LOS $ 8,
 #586982  por Guilermo80
 
ahhhh, voy entendiendo. Pago intereses para dejar bien las cosas pero no los tomo como aportes, no los dlcaro a los fines la jubilación en el pedido de turno y en el formulario de inicio.
Pero con respecto al monto de los intereses ¿no es lo que surge del detalle de deuda?¿o tengo que calcular yo por otra vía?
Gracias!!!
 #586991  por marygam
 
Como dijo Mario es lo correcto, pero en la mayoría de la UDAI lo toman con el 575 por el importe que surge del SICAM
 #587129  por Guilermo80
 
Pero ¿no es una barbaridad que el SICAM dé intereses, por abril del 2000 y mayo del 2000, la suma de $104 por cada mes?
 #587138  por dorado
 
HOLA Guillermo, si es una barbaridad, pero es lo que dá. La cuenta la podes sacar con el calculo de intereses de la pagina de la afip y te da lo mismo. Respecto del art. 3, tene en cuenta que no podes aplicar art. 1 25321 a los 2 meses de SDM, por lo tanto tenes 4 años de art.3. Igual consultalo si tenés dudas. saludos, suerte.
 #587176  por MARIO1943
 
marygam escribió:Como dijo Mario es lo correcto, pero en la mayoría de la UDAI lo toman con el 575 por el importe que surge del SICAM
HOLA SON SOLO DOS MESES, QUE LO PAGUE COMO CORRESPONDE, UNA COSA ES TOMAR EL TRAMITE SOLO CON EL F. 575 Y LA OTRA ES QUE SALGA APROBADA, PARA QUE ARRIESGAR POR SOLO 2 MESES , CUYO PAGO DE INTERESES SOBRE LOS $ 8 SON INFIMOS
 #587282  por peri1955
 
MARIO, YO PRESENTE ESTA SEMANA Y PAGUE CON 575 LOS INTERESES QUE ME DABA SICAM Y ME LO TOMARON. ERA MUCHO DE INTERES, MAS DE LO QUE HABIA ABONADO DESDE 4/00 A 2/02.-
EL INTERES VA POR LOS 35 Y NO ESTAN LOS DE LA OBRA SOCIAL (8).
AUNQUE TENES RAZON PARA EL CASO QUE PLANTEO GUILLERMO: SON SOLO 2 MESES, MEJOR QUE PAGUE TODO.
 #587345  por Guilermo80
 
Claro, no sé cómo hacés Mario para calcular intereses sobre una parte y otra no. ¿Cómo hacés para calcularlos sobre los $20 y los $23 excluyendo los $8? Los intereses te los tira el SICAM en detalle de deuda y eso es lo que entiendo que habría que pagar. Ya varios me dicen que hay que usar el form 575. A mí, en Anses Avellaneda me dijeron que son los mismos formularios que los de servicio doméstico, el tema es que de tener que usar 2 formularios por cada mes ¿cuánto de interés pongo en cada formulario? Me resulta más lógico usar un sólo formulario.
Una colega que tiene experiencia me comentó que con el formulario 801/c pagás los intereses.
Yo el viernes voy a AFIP a preguntar ahí por las dudas y les cuento lo que averigüé.
Gracias a todos!!!
 #587356  por peri1955
 
Guillermo, fuí a afip 12 y el jefe me dijo pagar en 102, luego llamé por tel.y me dijeron 575 y como algunos foristas pagaron con 575 yo hice lo mismo y entró el trámite y los intereses copié los del sicam. El 801 supongo que también va. Saludos.
 #587492  por MARIO1943
 
Guilermo80 escribió:Claro, no sé cómo hacés Mario para calcular intereses sobre una parte y otra no. ¿Cómo hacés para calcularlos sobre los $20 y los $23 excluyendo los $8? Los intereses te los tira el SICAM en detalle de deuda y eso es lo que entiendo que habría que pagar. Ya varios me dicen que hay que usar el form 575. A mí, en Anses Avellaneda me dijeron que son los mismos formularios que los de servicio doméstico, el tema es que de tener que usar 2 formularios por cada mes ¿cuánto de interés pongo en cada formulario? Me resulta más lógico usar un sólo formulario.
Una colega que tiene experiencia me comentó que con el formulario 801/c pagás los intereses.
Yo el viernes voy a AFIP a preguntar ahí por las dudas y les cuento lo que averigüé.
Gracias a todos!!!
HOLA , LO LOGICO ES PAGAR LOS INTERESES DE LA MISMA FORMA QUE PAGASTES EL CAPITAL, LO QUE PASA QUE ACA SE MESCLAN LAS OBLIGACIONES DE PAGOS DE INTERESES, QUE TIENE EL DADOR Y EL TRABAJADOR, SI PAGAS CON EL 575 LOS INTERESES SE TE SALDAN EN EL SICAM,(LO QUE SE INTERPRETA QUE EL TRABAJADOR SE ESTA HACIENDO CARGO DE LOS INTERESES QUE LE CORRESPONDEN AL DADOR, ) FIJATE ALGUNAS UDAI TE DICEN QUE SE PAGA CON EL 575, LO MISMO QUE ALGUNAS AFIP. OTRAS TE DICEN QUE HAY QUE PAGAR CON EL 102, NADIE SABE NADA NI ENTIENDEN, POR ESO YO ANTE TAL INCERTIDUMBRE PAGO COMO CORRESPONDE, VOY A LO SEGURO, EL HECHO QUE ALGUNAS UDAI LO RECIBAN ASI SOLO CON EL F. 575, NO QUIERE DECIR QUE TE LA VAN APROBAR O NO,
MANDAME TU EMAIL SIN ARROBA, Y TE MANDO UN PROGRAMITA QUE HICE EL EXEL, QUE CON SOLO INGRESAR EL INTERES , QUE TE DA EL SICAM , TE DA LO QUE HAY QUE PAGAR CON EL 575 Y LO QUE HAY QUE PAGAR CON EL 102, DONDE ESTA LA PARTE QUE LE CORRESPONDE A . O. SOCIAL ,