Hola a todos.... Tengo un caso y me gustaria ver si me pueden ayudar... Les paso a comentar lo siguiente:
Tengo una clienta que percibe una Pension por fallecimiento. El marido murio en agosto de 1998. Ella obtuvo el beneficio en 03/1999.
La señora se quiere jubilar, actualmente tiene 62 años, no tiene aportes, y por mis conocimientos se que una persona que se quiere jubilar con moratoria pero que tiene una pension, a los aportes que deba los debera de pagar de contado. Pero despues me puse a pensar y a investigar el caso, y creo que este caso puede entrar dentro de las excepciones de la inaplicabilidad de la resolucion 884/o6 conforme a la circular 34/08 que es complementaria de la 70/06.
Ustedes que me dicen o que consejo me dan? Se puede jubilar porque el causante fallecio antes de la entrada en vigencia de la resolucion 884/06????
Espero que alguien me conteste por favor... Muchas Gracias...
Saludos Coordiales...
Tengo una clienta que percibe una Pension por fallecimiento. El marido murio en agosto de 1998. Ella obtuvo el beneficio en 03/1999.
La señora se quiere jubilar, actualmente tiene 62 años, no tiene aportes, y por mis conocimientos se que una persona que se quiere jubilar con moratoria pero que tiene una pension, a los aportes que deba los debera de pagar de contado. Pero despues me puse a pensar y a investigar el caso, y creo que este caso puede entrar dentro de las excepciones de la inaplicabilidad de la resolucion 884/o6 conforme a la circular 34/08 que es complementaria de la 70/06.
Ustedes que me dicen o que consejo me dan? Se puede jubilar porque el causante fallecio antes de la entrada en vigencia de la resolucion 884/06????
Espero que alguien me conteste por favor... Muchas Gracias...
Saludos Coordiales...
