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  • art 1. ley 25.321 / 24.476

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #584034  por quemero78
 
Perdón, pero por el apuro no redacté bien el post anterior. Así que ahí va de vuelta.
Buenas a todos, les consulto por el siguiente caso:
Mujer de 62 años de edad que cuenta con 15 años de autónomo de los cuales en el peridodo del 07/2004 al 02/2007 tiene deuda, si esa deuda la renuncio por el art. 1 de la ley 25.321, puedo aplicar la moratoria 24.476 en otros periodos distintos (sin actividad) para completar los años requeridos para acceder al beneficio jubilatorio.

Muchísimas gracias,
 #584302  por quemero78
 
Ok, gracias, la duda me surgio ya que algunos me dijeron que para poder aplicar el art. 1 de la ley 25321 tenías que contar si o si con 30 años de servicios reales (no comprados x moratoria)