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 #583401  por dulcinea
 
hola tengo que seguir una sucesion que empezo otro colega se encuentra paralizada desde julio del 2006 lo ultimo que se hizo fue un giro a favor de la viuda y de los herederos en virtud del seguro de vida del causante, la declatoria de herederos ya esta hecha, primero debo presentarme como abogada en la causa previo aviso al otro colega y despues solicitar la inscripcion de la declaratoria?. Gracias!
 #583454  por sole10
 
Sí;lo primero es sustituír el patrocinio anterior y luego presentarte,constituyendo nuevo domicilio.
Luego,para inscribir DH,hay que ver cual/cuales bienes,integran el acervo hereditario,realizar informes de dominio e inhibición,estado parcelario y catastro (si fuere en Pcia.de Buenos Aires),abonar tasa de justicia y sobretasa (si corresponde),regulación de honorarios y pago de aportes (si corresponde,también) y,recién allí,se ordenará la inscripción.
Tené presente -a los fines de regulación de honorarios-,que se va a contemplar las tareas efectuadas por el anterior letrado.
 #584107  por dulcinea
 
sole10 escribió:Sí;lo primero es sustituír el patrocinio anterior y luego presentarte,constituyendo nuevo domicilio.
Luego,para inscribir DH,hay que ver cual/cuales bienes,integran el acervo hereditario,realizar informes de dominio e inhibición,estado parcelario y catastro (si fuere en Pcia.de Buenos Aires),abonar tasa de justicia y sobretasa (si corresponde),regulación de honorarios y pago de aportes (si corresponde,también) y,recién allí,se ordenará la inscripción.
Tené presente -a los fines de regulación de honorarios-,que se va a contemplar las tareas efectuadas por el anterior letrado.
Muchas gracias estoy en provincia de buenos aires y hay un solo bien que integra el acervo es inmueble y de escaso valor; en cuanto a las tareas del anterior letrado cuando me regulen a mi los honorarios tendre que darle la proporcion de lo que el realizo o me equivoco. gracias es mi primera sucesion y encima empezada.
 #584111  por sole10
 
...en cuanto a las tareas del anterior letrado cuando me regulen a mi los honorarios tendre que darle la proporcion de lo que el realizo o me equivoco...
No;no vas a tener que darle nada de lo tuyo.
Los honorarios del anterior letrado,serán regulados separadamente.

*suerte*