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 #582734  por Summers
 
Hola! Es cortito, la pido en un punto en la demnada de daños? (ej. 6. PRUEBA ANTICIPADA.
A los fines que la prueba que acredita fehacientemente los hechos invocados no sea modificada, extraviada o deteriorada por las demandadas, y en atención a la importancia de la misma, solicito, como diligencia preliminar, previo al traslado de la demanda, se ordene el secuestro de la historia clínica del suscripto en el SANATORIO HOSPITAL POLICLÍNICO CENTRAL SAN JUSTO, como asimismo el secuestro del libro de guardias de la mencionada institución de fecha 1/9/07, o copia certificada de la misma, autorizando a tal efecto a concurrir el Oficial de Justicia de la Zona con escribano certificante.)

O la pido en escrito aparte ANTES de presentar la demanda? Gracias!
 #582836  por enzo fernando costa
 
Tal como lo planteas, no es una prueba anticipada, sino una diligencia preliminar.
Siempre he pensado que las diligencias preliminares deben deducirse previas a la demanda, sobre todo si se trata de un daño sufrido en el establecimiento asistencial, como parecería ser el caso. De otro modo, ¿cómo se podría deducir una demanda con el debido fundamento?...
Tratándose de probar ingresos o consultas por Guardia, y a fin de no causar innecesarios transtornos al Establecimiento hospitalario, creo que la mejor técnica es pedir fotocopia certificada por la Administración del nosocomio de la foja correspondiente a las atenciones efectuadas el día de los hechos; o mejor aún, del registro o asiento correspondiente a la atención sobre el actor. Esto, porque en un libro de guardia se registran datos de numerosas otras personas, que constituyen secreto profesional; no es cuestión de andar secuestrando la intimidad de 300 atendidos, por el conflicto de uno sólo.
Circunscribirse a peticiones razonables y consideradas para con las entidades demandadas es una forma de contrarrestar la mala prensa que se alquila en contra de los reclamos por incumplimientos asistenciales, y la crítica acerca de la conducta de los abogados en esos casos.
 #583097  por Summers
 
enzo fernando costa escribió:Tal como lo planteas, no es una prueba anticipada, sino una diligencia preliminar.
Siempre he pensado que las diligencias preliminares deben deducirse previas a la demanda, sobre todo si se trata de un daño sufrido en el establecimiento asistencial, como parecería ser el caso. De otro modo, ¿cómo se podría deducir una demanda con el debido fundamento?...
Tratándose de probar ingresos o consultas por Guardia, y a fin de no causar innecesarios transtornos al Establecimiento hospitalario, creo que la mejor técnica es pedir fotocopia certificada por la Administración del nosocomio de la foja correspondiente a las atenciones efectuadas el día de los hechos; o mejor aún, del registro o asiento correspondiente a la atención sobre el actor. Esto, porque en un libro de guardia se registran datos de numerosas otras personas, que constituyen secreto profesional; no es cuestión de andar secuestrando la intimidad de 300 atendidos, por el conflicto de uno sólo.
Circunscribirse a peticiones razonables y consideradas para con las entidades demandadas es una forma de contrarrestar la mala prensa que se alquila en contra de los reclamos por incumplimientos asistenciales, y la crítica acerca de la conducta de los abogados en esos casos.
Hola Enzo! Antes que nada muchas gracias por haberme contestado, no es contra daño sufrido en el establecimiento, la necesito por una demanda de daños, la atendieron en el hospital y como siempre pasa no se la quieren entregar, pero no es contra el hospital ni los medicos de alli!

Gracias por contestarme!
 #583106  por PsicologiaForense
 
Hola, adhiero a lo que dice el Dr. Creo que pedir copia de la página del libro que corresponde al paciente es lo más acertado. Al menos esto es lo que vi siempre en los hospitales, ya que un libro de guardia entero debe tener como 1000 hojas y debe pesar como 5 Kg. y solo una página corresponde al paciuente en cuestión :D
Saludos y éxitos *suerte*
 #583299  por Summers
 
PsicologiaForense escribió:Hola, adhiero a lo que dice el Dr. Creo que pedir copia de la página del libro que corresponde al paciente es lo más acertado. Al menos esto es lo que vi siempre en los hospitales, ya que un libro de guardia entero debe tener como 1000 hojas y debe pesar como 5 Kg. y solo una página corresponde al paciuente en cuestión :D
Saludos y éxitos *suerte*
Gracias!
 #583738  por dhabogada
 
Hola, Uds, dicen pedir por fuera del expediente en la Administración del Hospital una copia certificada de la hoja en donde consta el ingreso del paciente??? Y sería una nota simple presentada por mi con firma y sello, y se le ponealgun plazo o rigen los 10 o 20 días hábiles para la contestación de oficios del CPCC?? :?:
 #583745  por PsicologiaForense
 
dhabogada escribió:Hola, Uds, dicen pedir por fuera del expediente en la Administración del Hospital una copia certificada de la hoja en donde consta el ingreso del paciente??? Y sería una nota simple presentada por mi con firma y sello, y se le ponealgun plazo o rigen los 10 o 20 días hábiles para la contestación de oficios del CPCC?? :?:
Yo nunca pediría nada de esto por medio de una nota simple firmada por un/a abogado/a
No me darían nada y, al darse cuenta de que se viene un problema, alguna cosa se extraviaría, tal vez podrían llenarse espacios en blanco, y tantas cosas más...
:roll:
 #583751  por dhabogada
 
ah, claro, ok... como Uds. planteaban el pedido de una copia certificada creí q se referían a hacerlo fuera del expte... pero entonces iría como diligencia preeliminar..
 #583795  por Summers
 
Muchas gracias a los colegas que respondieron! Enzo solicite tal cual como me informaste en cuanto a no pedir todo el libro del guardia, son datos que la verdad no conocia y ahora gracias a tu ayuda si. Gracias!!! *suerte*