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  • VENTA DE INMUEBLEC/DECLARATORIA DE HEREDEROS

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 #581827  por KRIEGER
 
BUENAS TARDES:
EN UNA VENTA DE INMUEBLE C/DECLARATORIA DE HEREDEROS,YA HECHA LA SEÑA DE PARTE DEL COMPRADOR,PERO CON UN IMPEDIMENTO. EL ANTERIOR ABOGADO HA FALLECIDO,SUS HONORARIOS NO HAN SIDO FIJADOS,Y LOS HEREDEROS DEL ANTERIOR LETRADO NO INICIARON AUN LA SUCESION.
¿COMO HAGO PARA QUE LA VENTA NO SEA IMPEDIDA EN NINGUNA FORMA?¿ QUE RIESGO HAY DE QUE LA DUEÑA PIERDA LA VENTA O TENGA QUE DEVOLVER LA SEÑA(EL DOBLE)?.
EL TRAMITE SERA REALIZADO,POR TRACTO ABREVIADO.
DESDE YA,AGRADEZCO SU RESPUETA.SALUDOS,Y FELIZ DIA DE LA INDEPENDENCIA.
 #582124  por sirenesi
 
Hola, entiendo que no tenés la orden de inscripción. En Pcia. de Bs As sale con la regulación de honorarios. En Capital la tenés que pedir. Cuando tengas regulados los honorarios, los del abogado fallecido los notificás al constituido de él. Cuando estén firmes (si pasa el tiempo y nadie apeló) hacés el depósito judicial de esos honorarios y los aportes que corresponden al cliente. También te van a mandar notificar el depósito. No importa si está o no iniciada la sucesión del letrado. Obviamente también tienen que estar satisfechos tus honorarios (y tus aportes e IB si es provincia). Que se pierda la venta dependerá de lo estipulado en el boleto. Si antes de vender no hizo ver el boleto por un abogado para dejar previstas las circunstancias de la sucesión, que asuma las consecuencias. Lo mismo el que compró, si no tomó las precauciones no podrá chillar. Los abogados estamos también para prever los problemas, y en más de una oportunidad no podemos hacer milagros!! Suerte.