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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #581284  por pabarandiaran
 
HOLA a todos, ya hice esta pregunta, pero nadie la contesto, la reformulo para ver si alguien sabe algo al respecto, desde ya muchas gracias.
hola a todos. Tengo una preguntita acerca de un sr. que se quiere jubilar.
El tema es así, este sr. tiene 65 años.
Hace 10 años que COBRA un RETIRO VOLUNTARIO de la CAJA DE RETIROS , JUBILACIONES Y PENSIONES
POLICIA DE LA PCIA. DE BS. AS. (Era bombero).-
Ahora bien, mi pregunta es: PUEDE JUBILARSE PAGANDO DE CONTADO POR ANSES? Gracias.-
 #581728  por lkgomez
 
pabarandiaran escribió:HOLA a todos, ya hice esta pregunta, pero nadie la contesto, la reformulo para ver si alguien sabe algo al respecto, desde ya muchas gracias.
hola a todos. Tengo una preguntita acerca de un sr. que se quiere jubilar.
El tema es así, este sr. tiene 65 años.
Hace 10 años que COBRA un RETIRO VOLUNTARIO de la CAJA DE RETIROS , JUBILACIONES Y PENSIONES
POLICIA DE LA PCIA. DE BS. AS. (Era bombero).-
Ahora bien, mi pregunta es: PUEDE JUBILARSE PAGANDO DE CONTADO POR ANSES? Gracias.-
Si el Sr. recibe un retiro por una caja distinta a la ANSeS. En este caso veo que es caja policial, puede acceder a la jubilación, cancelando la deuda al contado.
 #581738  por MJULIA
 
si estoy de acuerdo con la opinion de acceder a una jubilacion nacional pagando al contado
 #583976  por 11458379
 
TE ACLARO NO SOY ABOGADO, PERO TUVE DOS CASOS SIMILARES, UNO DE NACION Y EL OTRO DE PROVINCIA, SI COBRA RETIRO NO SE JUBILA, YA QUE ANSES TE PIDE CONSTANCIA DE QUE SIENDO DE LA FUERZAS ARMADAS O DE LA POLICIA DEBES PRESENTAR UNA CONSTANCIA DONDE DIGA QUE NO COBRA DE LA CAJA DE RETIRO, Y ESTE TRAMITE EN TU CASO NO LO PODES NEGAR, YA QUE SI LO HACE, EN EL CASO DE QUE NO COBRARA LE IMPUTAN LOS AÑOS DE SERVICIOS Y ES UNA JUBILACION ORDINARIA.
 #583983  por rpupy
 
yo hice una de retiro ...de caja de policia sin saber que lo cobraba ya que me mintió...diciendome que no cobraba nadaa de nada y en anses tapoco fihuraba que cobraba cuando yo consulte!!!
el cliente solo pagó la primer cuotaaade la moratoria y el resto se lo estan descontando de la jubi
y hace mas de 5 meses que esta cobrando!!!
suerte
 #583989  por estudiocm
 
En realidad SI se puede jubilar, la diferencia es que necesitás que los 30 años de aportes que vas a acreditar SEAN INDEPENDIENTES DE LOS AÑOS DE APORTES UTILIZADOS PARA OBTENER EL RETIRO. Te pongo un ejemplo: hoy inicié la jubilación de un sr. qeu cobra un retiro de Prefectura. Desde sus 18 años hasta el 7/70 se usaron esos aportes para el retiro que tiene. Como este es un sr. grande, yo le compré desde el 08/70 al 09/93 y compensó con edad lo que le faltaba para los 30. Si es cierto que tuvo que pagar la deuda de contado, lo cual hizo y tenés que presentar una certificación de la entidad por la cual tiene el retiro en donde conste qué periodos se utilizaron de aportes para otorgarle el mismo.
Espero haberte ayudado.
No te olvides de fijarte que otro requisito es el tope de lo qeu cobra, en mi caso corresponde a dos haberes de un comodoro (alrededor de 6000), si mi clientes hubiera cobrado de retiro un haber superior a los 12.000 no le hubiera correspondido. No sabría decirte si para el caso de los bomberos es el mismo tope, pero por las dudas averigua eso
Paula
 #584351  por pabarandiaran
 
Buen dia y gracias a todos por sus respuestas.
Les cuento que yo hice la jubilacion y la envie por la web y esta acordada como salen siempre consdiconal resolucion 884/06.-

Yo pedi la certificacion negativa en anses y no figura nada del retiro de policia.

Ahora bien, 11458379, me queda una duda sobre tu contestación, yo la envie por la web y esta aprobada, pero me queres decir que si llegara en algun momento a saltar que cobra el retiro, le transforman lo que cobra de retiro , que hoy es de mas o menos $ .3500 a una jubilacion minima?

Todavia no le hice pagar la cuota, queria ver que pasaba con la web y quiero estar segura por que son $ 15.000.
Muchas gracias a todos por su ayuda.
 #584667  por estudiocm
 
como enviaste la jubilación sin pagar la cuota?
es un requisito para iniciar
 #584999  por pabarandiaran
 
Hola, a todos, te cuento que Muchas veces lo he hecho y no pasa nada hay que tratar de pagar dentro del mes.
Es mas el mes pasado cobro una sra. que le envie por la web y le habia dado el 799 para que pagara en el banco.
El tramite por la web salio aprobado en marzo y en junio cobro.
Como no tenia la cuota paga al momento de cobrar por queno habia podidopagarla, fui a anses con la cuota recien paga, te reactivan el beneficio y en mi caso a los tres dia sfuimos a anses y nos dieron la OPP y fuimos al banco Naciopn y cobro sin problemas.
Si va por la web , la falta de pago de la cuota se soluciona asi.