Buenas tardes colegas, alguien sabe como se reglamento la devolucion de los aportes voluntarios ingresados a las AFJP???
Se que hasta el 11/7 hay tiempo para que el aportante opte si los deriva a la ANSES o los deja bajo la administracion de la ex-AFJP (ahora reconvertidas en Administradoras).
AHORA BIEN: Nada se dice acerca de COMO, CUANDO ni EN QUE FORMA seran restituidos,con lo cual, mi cliente no puede determinar de antemeno que opcion es mas beneficiosa para el !!
Ya intime mediante CD a la ex-AFJP y a la ANSES, y ellos se escudan en que aun no hay reglamentacion al respecto, con lo cual no pueden arrojarme siquiera un monto estimativo...Pero sin embargo a mi cliente se le vence el plazo para optar...
Creen que es viable, ante esta circunstancia de incertidumbre, interponer una Accion Declarativa de Certeza ante la justicia ?????
Gracias!
Se que hasta el 11/7 hay tiempo para que el aportante opte si los deriva a la ANSES o los deja bajo la administracion de la ex-AFJP (ahora reconvertidas en Administradoras).
AHORA BIEN: Nada se dice acerca de COMO, CUANDO ni EN QUE FORMA seran restituidos,con lo cual, mi cliente no puede determinar de antemeno que opcion es mas beneficiosa para el !!
Ya intime mediante CD a la ex-AFJP y a la ANSES, y ellos se escudan en que aun no hay reglamentacion al respecto, con lo cual no pueden arrojarme siquiera un monto estimativo...Pero sin embargo a mi cliente se le vence el plazo para optar...
Creen que es viable, ante esta circunstancia de incertidumbre, interponer una Accion Declarativa de Certeza ante la justicia ?????
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"Todos somos ignorantes. Pero no todos ignoramos lo mismo" (Albert Einstein)
