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  • JUBILACION CON APORTES DIFERENCIALES YPF

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #579252  por mariela
 
Buenas a todos, quisiera pedirles ayuda porque se me complico el tema...
Les cuento el caso a ver si alguien me puede dar una mano.

Tengo un hombre que trabajo 18 años y dos meses en aporte diferencial en pozos petroleros de ypf, lo cual cuando prorrateo me da que a los 57 años y con 27 años de aporte se puede jubilar. Hasta ahi todo bien.
Este hombre esta inscripto en autonomos desde el 05/1994 y me figuran todos los pagos, excepto los ultimos 8 meses, que no los ha pagado. pero de todos modos con todos los aportes le sobra... pero en anses me piden una liquidacion de sicam que me de cero... y en la situacion de revista me figuran estos ultimos meses con deuda...

La consulta es:
1. Que beneficio aplico para no tener esa deuda de los ultimos 8 meses?
2. Me piden la liquidacion en cero... se refieren a los 558/a, b y c? (ya que el de la ley 24476 no la puedo obtener porque es hasta el 09/1993)
3. Me figuran algunos periodos en el año 94, 95, 96 y 97 con deudas chiquititas por diferencias en los pagos... como se procede en este caso?

Desde ya muchas gracias con la ayuda que me puedan brindar...

Mariela
 #579263  por bini
 
la diferenciA que te figura debe ser por pagos fuera de terminos. lo que tenes que hacer es pagar esa deuda con formularios F 166 O F 155 varia segun el periodo que se pague espera a que e digan desde cuando hasta cuando va uno o uotro o buscalo que hay varios posts sobre esto
 #579393  por Ramiroc
 
si te sobran aportes renuncia a los mese en que tienes deuda para que el sicam te de cero.

cuando lo hagas ten en cuenta que las remuneraciones de quienes trabajan en boca de pozo son bastante elevadas por lo cual procura de que le queden la mayor cantidad de años posible para el computo del haber, de lo contrario le podes hacer perder mucha plata con una jubilacion cercana al mínimo, cuando en general son elevadas. De ultima cómprale aportes anteriores a ypf y renunciale autonomos posteriores.