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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #578238  por TOM08
 
hola a todos
me podrian ayudar con lo siguiente
pension otorgada a concubina hace 3 meses, ya esta cobrando. Puede la ex esposa, separada de hecho desde hace 20 años, sin hijos menores solicitar el 50% de la pension?
gracias espero respuestas
 #578503  por TOM08
 
gracias
me queda la esperanza de que no pueda demostrar la culpa, nunca le paso alimentos a ella, no hubo seperacion personal con atribucion de culpa, nada solo separacion de hecho...veremos
 #578515  por celiaEsc
 
Pero que la esposa vaya con la frente bien alta, porque al tener una concubina, la culpabilidad del causante ya está probada en el expediente. Sólo le faltaría acreditar el vínculo, presentar dos testigos y completar los formularios para separada de hecho, que le van a dar en ANSES , que los testigos firmen frente a un empleado y te los den firmados cuando puedan. ANSES, no puede declarar culpable a una esposa, no es un juicio contra ella. además, a la sra. le corresponden haberes desde el fallecimiento, a la concubina le van a descontar lo que le correspondía a ella y se lo van a acreditar a la esposa.
A la concubina le dan el traslado, y ahí, puede decir cualquier cosa sobre la esposa, pero ANSES, no acepta testimoniales para acreditar esos dichos, sino documental.. que se quede tranquila. cuando les corresponde a ambas, deben compartir. saludos
 #578624  por TOM08
 
gracias por la aclaracion, yo estoy por la concubina y ya se lo advierti a ella, hasta ahora no vi que la esposa haya iniciado nada, pero se supone que lo va a hacer.
Nunca habia tenido un caso asi, me sirvio mucho tu informacion
gracias
 #578697  por celiaEsc
 
Si la esposa inicia, y le dan traslado, puede objetar la convivencia, así que la concubina no debe tirar nada, porque pueden pasar años y si la esposa interviene, le va a impugnar lo presentado en ANSES, y le puede exigir que presente más cosas para acreditar el concubinato. Que guarde bien, recibos, seguros, cuentas bancarias, cartas de los bancos, saludos
 #579075  por fatybrasil
 
hola estoy siguiendo el tema, ya que tengo un caso similar y yo estoy por la parte de la sra separada de hecho que quiere iniciar la pension directa.La duda que me queda es respecto de los formularios , ya que en pagina de anses solo encontre la DD.JJ donde la sra debe declarar que esta separada de hecho sin culpa y el formulario para la testimonial de los testigos que son:dd.jj f.ps6-9 art 1 ley 17.562(para la sra) y el otro ps 6.14 (para los testigos).es solo eso para luego presentarme el dia del turno o ademas debo realizar un escrito a modo de dd.jj informando especificamente el caso de la sra en cuestión.gracias. *flor*
 #579123  por herme
 
Tengo un caso semi parecido, es una esposa legítima que inició la pensión de su esposo y apareció una hija extramatrimonial. No estaban separados de hecho, vivian juntos con la esposa. La hija menor de 18 años ilegitima por intermedio de su madre inició pensión, al presentar la nuestra se le denegó y ahora enviaron ambos expedientes a la carss, dermorando más el trámite de mi clienta .Ojo con las concubinas¡¡¡¡¡
 #579164  por fabidoc
 
herme escribió:Tengo un caso semi parecido, es una esposa legítima que inició la pensión de su esposo y apareció una hija extramatrimonial. No estaban separados de hecho, vivian juntos con la esposa. La hija menor de 18 años ilegitima por intermedio de su madre inició pensión, al presentar la nuestra se le denegó y ahora enviaron ambos expedientes a la carss, dermorando más el trámite de mi clienta .Ojo con las concubinas¡¡¡¡¡
Hola: la hija no es ilegítima, es extramatrimonial. Porqué fué a la CARSS si no convivían? Decís que vivía con la esposa. Es interesante conocer la diversidad de casos que pueden presentarse.
fatybrasil escribió:hola estoy siguiendo el tema, ya que tengo un caso similar y yo estoy por la parte de la sra separada de hecho que quiere iniciar la pension directa.La duda que me queda es respecto de los formularios , ya que en pagina de anses solo encontre la DD.JJ donde la sra debe declarar que esta separada de hecho sin culpa y el formulario para la testimonial de los testigos que son:dd.jj f.ps6-9 art 1 ley 17.562(para la sra) y el otro ps 6.14 (para los testigos).es solo eso para luego presentarme el dia del turno o ademas debo realizar un escrito a modo de dd.jj informando especificamente el caso de la sra en cuestión.gracias. *flor*
No tenés que hacer ningún escrito. La Sra. declarará lo pertinente en su DDJJ.-
 #579305  por TOM08
 
chicos gracias a todos, tengo toda la documentacion que acredita el concubinato, mucha y buena, lo que me preocupa es que si le descuentan la parte del retroactivo que cobro ella y seria para la esposa y el tiempo que cobra ella sola porque la esposa todavia no inicio, se quede sin pensión por varios meses.-
 #606573  por TOM08
 
chicos les vulevo a consultar por este tema:
Pensión otorgada a la concubina (mi cliente) posteriormente inicia reclamo (esposa separados de hecho no divorciados). A raiz de lo que uds. me explicaron en este post, lo voy siguiendo por internet primero estaba a la espera de otro expte. y despues paso directamente a "legales para su posterior resolución". Mi pregunta es la siguiente: no tienen que citar a la concubina para que acompañe pruebas. Yo tengo muchisima documental que no me la tomaron en su momento porque fue segun ellos suficiente con los mismos domicilios en DNI, partida de defunción con mismo domicilio y certificado de convivencia.
Como acompaño la documentacion que prueba el concubinato?
Pueden exlucir a la concubina totalmente del beneficio que ya le dieron?
Espero me puedan orientan es la primera vez que me toca un caso asi. Gracias
 #606607  por celiaEsc
 
Hola Tomo 8 si la prueba del concubinato fue realizada administrativamente y aprobada, y la concubina no recibió, citación para que presente las pruebas en contrario o impugne las que presentó la cónyuge, no te preocupes, Si te lo exigen las presentás, o si te piden rebatir las pruebas de la esposa.

Respecto de tu pregunta anterior, cuando hay cobro indebido, tiene que reintegrar el dinero de contado, no sé cómo actúan si no lo tiene, supongo que en ese caso no cabe interponer el impedimento de embargar hasta el 20%, porque acá estarían reclamando por un fraude que ella cometió. Y si no lo paga le corren intereses a favor de la otra parte que no tiene por qué dar plazos inconvenientes, que la perjudiquen. Siempre que existe otra persona que tiene derecho, ella tenía la obligación de denunciarlo en el expediente si conocía que había una cónyuge separada de hecho. Le dan un plazo para pagar, le calculan los intereses correspondientes, y debe hacerlo, son estrictos con eso.. Y si dice que no tiene, le corresponderá no cobrar por un tiempo..Saludos
 #606783  por TOM08
 
gracias celia por tu respuesta, la verdad la intención no fue cometer fraude, yo no sabia que habia que denunciar en el expte. a la esposa, puse separado de hecho en el formulario de iniciación pero nada mas. Hasta ahora cobró tres meses con septiembre serían cuatro y el retroactivo. Como sería lo del impedimento ? puede decir que no hubo intencion de cometer fraude y pedir el embargo del 20%?
Gracias por tu ayuda