Hola foristas, necesito ayuda con el computo de unos servicios para ver si lo puedo encuadrar al menos en la irregularidad con derecho. Una persona que fallecio en el 95 y tiene solo 5 anios de aportes, pero los ultimos 2 anios los tiene hechos en el 92 y 93. Tiene codigo de actividad 03, con lo cual se que pertenece a un regimen especial de personal embarcado y se que se computan distintos los anios. Pero en este caso no se como se computa la regularidad. Por que si fuera trabajador comun me estan faltando 3 meses aprox para que sea irregular, pero siendo un regimen especial quiero saber si hay que multiplicar los meses para poder llegar a la regularidad o irregularidad con derecho. El decreto 460/99 solo habla de casos generales y de los discontinuos. Alguien me puede dar una mano? Ya me lei el decreto que lo contempla pero no se como aplicarselo a este caso.
Muchas gracias y saludos
Muchas gracias y saludos
