Estimados colegas, estoy haciendo un fideicomiso, luego de leer bastante material me han surgido varias dudas, fundamentalmente estimo que las mismas obedecen a cuestiones de la práctica. Debajo comento el caso, y agradecería enormemente a quienes me puedan enviar modelos de fideicomisos y jurisprudencia sobre el tema.
En el caso que tengo, va a haber:
- 1 tipo que pone un inmueble (valdío).
- 1 tipo que tiene una constructora y piensan llevar a cabo la obra (hacer un edificio)
- 2 o mas inversores que aporten dinero.
Todos tienen la idea de cobrar del producido del fideicomiso, es decir cada cual quiere quedarse con uno o varios departamento (dependiendo de sus aportes). Por lo que leí el que actúa como fiduciario (constructora) no podría adquirir para sí los bienes fideicomitidos, asique no podrá cobrarse con un depto, sino que tendrá que cobrar dinero.
Entonces, y ahora empiezan las dudas:
1- ¿¿¿voy a tener dos tipos de fideicomitentes??: unos que aportan dinero y otro que aporta un bien inmueble.??
Y un fiduciario (el tipo que tiene la constructora y va a hacer los departamentos).??
2- Ahora bien, firmado el fideicomiso en el cual se otorgan los poderes suficientes al fiduciario y se le transmite la propiedad fiduciaria.
Cuando el fiduciario deba actuar frente a terceros, ya sea comprando materiales, pagando honorarios a profesionales intervinientes, contratando personal, etc. ¿como hace esas contrataciones? en nombre de quien??? Es decir, A NOMBRE DE QUIEN FACTURA, o a nombre de quien contrata los empleados que necesite??
O él contrata a su nombre directamente sin decir que está ejecutando un fideicomiso?? digo esto poruqe al ser el fiduciario propietario del bien fideicomitido tiene facultades como propietario (aunque la propiedad la tenga temporariamente y solamente la pueda destinar al objeto del fideicomiso)
Se deben otorgar poderes independientes??
Porque justamente mi duda estriba en que al ser el patrimonio fideicomitido independiente del patrimonio del fideicomitente y el fiduciario, si ello no consta en las operaciones que realiza el fiduciario para por ejemplo llevar adelante la construcción, dificilmente se podrá oponer a un tercero que el fiduciario contrató en nombre del fideicomiso y entonces, calculo, debería responder con sus bienes(el fiduciario). Capitalmente porque al no constituirse (con el contrato de fideicomiso) un ente con personería jurídica independiente, no entiendo como debe figurar en las facturas, ya que por ejemplo en el caso de los adm de edificios, ellos contratan en nombre del "consorcio X "(persona jurídica independiente) y luego rinden cuenta...pero no llego a comprender como debe ejercitar su derecho el fiduciario para luego (en caso que haya problemas) solamente responder con los bienes del fideicomiso. Ya que el fiduciario también debe rendir cuentas.
3- ¿¿El dinero invertido por los fideicomitentes será también (junto con el inmueble) objeto del fideicomiso ?? Entonces el dinero se considera un bien mueble?
Donde se deja constancia que el dinero que aportan los fideicomitentes está afectado a un fideicomiso?? (para que luego pueda oponerse a terceros que no forma parte de los bienes del fiduciante y del fiduciario) es decir, donde se registra tal operación??
4-¿Las obligaciones laborales por los dependientes que se contraten, y que surjan como consecuencia de ejecutar el fideicomiso, se trasladan al patrimonio del fiduciario por ser el contratante y/o al de los fideicomitentes por ser los mandantes?
5-¿Por qué impuestos queda alcanzado el fideicomiso? Hasta lo que leí sería impuesto a las ganancias y ganancia mínima presunta...y ellos los debería pagar el fiduciario porque la ley 11.683 lo considera administrador de bienes ajenos.
Si para vender o hipotecar el inmueble, el fiduciario debe contar con la aprobación de x cantidad de fiduciantes….¿como se articula dicha desición? Supongamos que se hace una asamblea donde todos votan, ¿tal decisión debe plasmarse en escritura pública para poder hipotecar o transferir el inmueble?? y pasaría a formar parte del contrato de fideicomiso también ?
6-Si permitimos que futuros fiduciantes se vallan adhiriendo (para aportar mas dinero qeu haga falta para financiar la obra, ¿¿cómo se unen dichos fiduciantes al contrato originario?
¿Hay que hacer intervenir a todos los fiduciantes en cada una de las adhesiones??, es decir, ¿quiénes deben prestar consentimiento?
Bueno, se que son muchas las dudas, por ello, al que pueda colaborar con lo que sepa se lo agradeceré enormemente. Al igual que a quien me pueda aportar modelos de fideicomisos y/o jurisprudencia (mas qeu nada por las obligaciones laborales que pudieran surgir).
Saludos !!
En el caso que tengo, va a haber:
- 1 tipo que pone un inmueble (valdío).
- 1 tipo que tiene una constructora y piensan llevar a cabo la obra (hacer un edificio)
- 2 o mas inversores que aporten dinero.
Todos tienen la idea de cobrar del producido del fideicomiso, es decir cada cual quiere quedarse con uno o varios departamento (dependiendo de sus aportes). Por lo que leí el que actúa como fiduciario (constructora) no podría adquirir para sí los bienes fideicomitidos, asique no podrá cobrarse con un depto, sino que tendrá que cobrar dinero.
Entonces, y ahora empiezan las dudas:
1- ¿¿¿voy a tener dos tipos de fideicomitentes??: unos que aportan dinero y otro que aporta un bien inmueble.??
Y un fiduciario (el tipo que tiene la constructora y va a hacer los departamentos).??
2- Ahora bien, firmado el fideicomiso en el cual se otorgan los poderes suficientes al fiduciario y se le transmite la propiedad fiduciaria.
Cuando el fiduciario deba actuar frente a terceros, ya sea comprando materiales, pagando honorarios a profesionales intervinientes, contratando personal, etc. ¿como hace esas contrataciones? en nombre de quien??? Es decir, A NOMBRE DE QUIEN FACTURA, o a nombre de quien contrata los empleados que necesite??
O él contrata a su nombre directamente sin decir que está ejecutando un fideicomiso?? digo esto poruqe al ser el fiduciario propietario del bien fideicomitido tiene facultades como propietario (aunque la propiedad la tenga temporariamente y solamente la pueda destinar al objeto del fideicomiso)
Se deben otorgar poderes independientes??
Porque justamente mi duda estriba en que al ser el patrimonio fideicomitido independiente del patrimonio del fideicomitente y el fiduciario, si ello no consta en las operaciones que realiza el fiduciario para por ejemplo llevar adelante la construcción, dificilmente se podrá oponer a un tercero que el fiduciario contrató en nombre del fideicomiso y entonces, calculo, debería responder con sus bienes(el fiduciario). Capitalmente porque al no constituirse (con el contrato de fideicomiso) un ente con personería jurídica independiente, no entiendo como debe figurar en las facturas, ya que por ejemplo en el caso de los adm de edificios, ellos contratan en nombre del "consorcio X "(persona jurídica independiente) y luego rinden cuenta...pero no llego a comprender como debe ejercitar su derecho el fiduciario para luego (en caso que haya problemas) solamente responder con los bienes del fideicomiso. Ya que el fiduciario también debe rendir cuentas.
3- ¿¿El dinero invertido por los fideicomitentes será también (junto con el inmueble) objeto del fideicomiso ?? Entonces el dinero se considera un bien mueble?
Donde se deja constancia que el dinero que aportan los fideicomitentes está afectado a un fideicomiso?? (para que luego pueda oponerse a terceros que no forma parte de los bienes del fiduciante y del fiduciario) es decir, donde se registra tal operación??
4-¿Las obligaciones laborales por los dependientes que se contraten, y que surjan como consecuencia de ejecutar el fideicomiso, se trasladan al patrimonio del fiduciario por ser el contratante y/o al de los fideicomitentes por ser los mandantes?
5-¿Por qué impuestos queda alcanzado el fideicomiso? Hasta lo que leí sería impuesto a las ganancias y ganancia mínima presunta...y ellos los debería pagar el fiduciario porque la ley 11.683 lo considera administrador de bienes ajenos.
Si para vender o hipotecar el inmueble, el fiduciario debe contar con la aprobación de x cantidad de fiduciantes….¿como se articula dicha desición? Supongamos que se hace una asamblea donde todos votan, ¿tal decisión debe plasmarse en escritura pública para poder hipotecar o transferir el inmueble?? y pasaría a formar parte del contrato de fideicomiso también ?
6-Si permitimos que futuros fiduciantes se vallan adhiriendo (para aportar mas dinero qeu haga falta para financiar la obra, ¿¿cómo se unen dichos fiduciantes al contrato originario?
¿Hay que hacer intervenir a todos los fiduciantes en cada una de las adhesiones??, es decir, ¿quiénes deben prestar consentimiento?
Bueno, se que son muchas las dudas, por ello, al que pueda colaborar con lo que sepa se lo agradeceré enormemente. Al igual que a quien me pueda aportar modelos de fideicomisos y/o jurisprudencia (mas qeu nada por las obligaciones laborales que pudieran surgir).
Saludos !!
Doctor: cito
