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 #572415  por Mochia
 
Hola,una consultita para los mas capos,que requisitos necesitaría un contrato internacional para ser valido?,puedo rescindir de el sin perjuicio?tiene que estar especificado el trabajo a realizar?

Mi consulta es rarisima,serian efectos especiales para una pelicula de parte de una persona para una empresa en EEUU.

Muchas gracias!!
 #572441  por ezequielunr
 
No es tan rara la consulta. El contrato hacelo por escrito (en lo personal lo haría en español y en inglés)

Eso sí, dale PRIORIDAD al derecho aplicable y juez competente (colocá los que favorezcan a tu cliente)

El tema de la rescisión también dejalo asentado en el ctto.

Obviamente tiene que estar especificado el trabajo a realizar (porque es ni más ni menos que la prestación, objeto de la obligación)

Si todo va bien, lo pactado por las partes tendrá un gran valor y con respecto al estado del norte, acordate que son un poco reacios a suscribir y aceptar ser condicionados por tratados internacionales, así que la autonomía de la voluntad va a estar en la cúspide.

Saludos y cobralo bien.
 #572443  por ezequielunr
 
También me gustaría que expliques un poco más el caso (de curioso que soy y no por otra cosa)

"serian efectos especiales para una pelicula de parte de una persona para una empresa en EEUU"
 #572501  por Mochia
 
Gracias por la buena onda!.

Me explico mejor,en EEUU generalmente se contrata gente de efectos especiales para peliculas clase B,con el avance de la tecnologia hoy en dia con un par de pibes
que la muevan podes armar un estudio y hacer efectos especiales,se hace mucho outsource de esto a todo el mundo,inclusive China,India,Europa,aca no mucho pero viendo publicidadaes en 3d se estan empezando a interesar en el tema por las bondades del cambio.

Generalmente les dan un breakdown que serian las tomas a realizar con detalle de los efectos especiales(bichos,explosiones,naves espaciales,lo que sea) en base a eso se cotiza cuanto hay que modelar,animar,composicion,efectos,etc.

Los efectos de una pelicula clase A logicamente se pueden realizar solamente en estudios grandes como DIgital Domain,Ilm o Weta por una cuestion logica de que los efectos son mas demandantes en cantidad de gente,conocimiento,en fin otro mundo.

Pero hay un submundo de peliculas claseB que necesitan efectos especiales para tapar lo horrible que son los actores,ahi hay mercado para cualquiera con el conocimiento necesario y los contactos.

El gran tema es que esta lleno de chantas les hacen contratos para hacer 2 tomas y despues se aparecen con 60,de ahi mi consulta si el trabajo a realizar debe estar especificado en el contrato y si se puede rescindir de el sin perjuicio al no estar detallado el trabajo a realizar.

En fin rarisimo.
 #572796  por ezequielunr
 
Espero que tu cliente no te haga una escena al momento de pagar :lol:

Ahora quedó mucho más claro, el contrato se ejecuta (produce sus efectos) en la república, no hay problema alguno en que nuestros jueces apliquen nuestro derecho. Dejalo expresamente establecido.

Saludos.